Susana Candón Vox Chiclana

Susana Candón llevará a pleno una batería de medidas en apoyo del tejido productivo de Chiclana

La portavoz del Grupo Municipal VOX en el ayuntamiento de Chiclana de la Frontera ha registrado una moción en el ayuntamiento con un conjunto de medidas en apoyo del tejido empresarial de la ciudad así como la suspensión del gasto en subvenciones locales a grupos políticos y sindicatos

La primera edil de VOX en Chiclana de la Frontera ha lamentado la difícil situación que viven las familias y los empresarios de la localidad y ha criticado la falta de capacidad de previsión del gobierno socialista-comunista de Pedro Sánchez, que no ha sido capaz de anteponerse a la dramática situación que les ha caído encima a las familias de Chiclana y a los autonómos que se han visto obligados a cerrar sus negocios.

Candón ha querido expresar su apoyo a todas las familias y autónomos de la localidad ante esta crisis económica que ya ha comenzado a generar en la población la crisis sanitaria del COVID-19 y de la que empezaremos a notar sus efectos a partir de la próxima semana cuando muchos trabajadores de la ciudad no cobren ya sus nóminas por encontrarse con un despido o un ERTE. Algo similiar les va a ocurrir a los autónomos que ya llevan dos semanas con sus negocios cerrados y se ven obligados a hacer frente a la cuota de marzo así como a la liquidación de los tributos trimestrales.

Hay que articular medidas ya. Y teniendo clara la lealtad institucional, pero viendo a la par, que las mismas no llegan de arriba abajo, proponemos, que los municipios articulen y complementen, lo ya trazado desde Madrid”, ha increpado Susana Candón al equipo de gobierno. 

La moción que el Grupo Municipal VOX ha registrado está compuesta por los siguientes puntos:

1º. Plan De Contingencia Fiscal para reducir las cargas fiscales de las familias en la situación de confinamiento o aislamiento y compensar las pérdidas derivadas del incremento del paro o paralización actividad empresarial;  por ejemplo la reducción del 50 % de la totalidad de tasas municipales cuyo hecho imponible esté vinculado al desarrollo de una actividad comercial o empresarial (tasa de basuras, tasa por ocupación del dominio público para terrazas de bares y restaurantes, o vendedores en mercados municipales, fijos o ambulantes); o el aplazamiento del pago del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras de toda obra que se haya visto paralizada por la crisis sanitaria o la declaración del estado de alarma. En caso de que se hayan ya liquidado, devolución del 50%.

2º. Aplazar dos meses el cumplimiento de todas las obligaciones fiscales vecinales con Ayuntamientos sujetas a plazo – incluido el pago de tributos – a contar desde la declaración de fin de pandemia emitida por la autoridad competente.

3º. Suspensión del devengo del canon o de la renta de las concesiones o alquileres municipales a aquellos comerciantes o empresarios que se vean afectadas por restricciones de la actividad.

4º. Prórroga automática por el mismo tiempo que dure la situación de excepcionalidad de los plazos de ejecución y finalización en 3 meses respecto de los establecidos en la concesión de licencia; susceptibles de prórroga.

5º. Elaborar y aprobar un Plan de Reducción del Gasto innecesario; identificando todas las necesidades no esenciales para suspender su ejecución definitivamente durante el ejercicio 2020 con las correspondientes reasignaciones presupuestarias; y procediendo a suspender la ejecución de todas las partidas presupuestarias no ejecutadas – total o parcialmente- que se refieran a gastos no esenciales o innecesarios para la lucha contra la crisis sanitaria, que incluya, entre otros:

  • Suspensión del abono de las subvenciones a sindicatos, organizaciones empresariales, partidos políticos, grupos políticos municipales, y asociaciones o entidades cuya actividad no tenga naturaleza mercantil y no esté directamente vinculada a la garantía del empleo, la sanidad, la seguridad ciudadana, la alimentación o la vivienda de los más necesitados.
  • Suspensión de todos los procedimientos de adjudicación directa o de concurrencia competitiva para otorgar subvenciones o ayudas a sindicatos, organizaciones empresariales, partidos políticos, grupos municipales, asociaciones o entidades cuya actividad no tenga naturaleza mercantil y no esté directamente vinculada a la garantía del empleo, la sanidad, la seguridad ciudadana, la alimentación o la vivienda de los más necesitados.

6º. Destinar el superávit municipal cuya asignación presupuestaria ha liberado el RDLey 8/2020 exclusivamente a paliar los efectos de la crisis sanitaria y del estado de alarma; y siempre dentro del Plan de Reducción del Gasto Innecesario.