
Como Vicepresidente primero, a Jorge Buxadé le corresponde, por su orden, suplir las funciones del Presidente en caso de fallecimiento, enfermedad o renuncia, así como presidir las áreas de actividad que específicamente acuerde el CEN, a propuesta del presidente. (Art. 17 de los Estatutos).
Es abogado del Estado, licenciado en Derecho por la Universidad Abad Oliva-San Pablo CEU. Ha ejercido como profesor en varias universidades catalanas.
Twitter: @Jorgebuxade