El Grupo Parlamentario VOX, a través de su diputado José María Sánchez, ha defendido hoy una iniciativa en la Comisión Mixta para la Unión Europea, con el objetivo de modificar la Directiva 2003/109/CE del Consejo de 25 de noviembre de 2003 relativa al estatuto de los nacionales de terceros países residentes de larga duración. El texto, pese a tratar una cuestión de seguridad, no ha sido aceptado por la Comisión.
En concreto, la proposición no de ley que ha llevado VOX tiene tres objetivos: facilitar la sustitución de las penas privativas de libertad por la expulsión del país para aquellos extranjeros residentes que cometan cualquier conducta dolosa en el territorio nacional; aumentar a diez años el tiempo de residencia para obtener el estatuto de residente de larga duración; y ampliar el ámbito que permite la expulsión del país de los residentes de larga duración.
Sánchez ha explicado, durante su intervención, lasconsideraciones adicionales que el Consejo de la Unión Europea establece que deben ser tenidas en cuenta en esta directiva al efecto de adoptar decisiones por los Estados miembros en relación con la expulsión, que son: la duración de la residencia en el territorio, ya hemos visto, configuración de un plazo, la edad de la persona implicada, las consecuencias para él y para los miembros de su familia y los vínculos con el país de residencia o la ausencia de vínculos con el país de origen.
El diputado de VOX ha explicado que la directiva-que ha insistido, «hay que modificar»-, adicionalmente, «permite a los Estados que establezcan disposiciones más favorables que éstas, que serían por lo tanto una exigencia mínima, establecida por el derecho de la Unión, en materia de residencia de larga duración de nacionales de terceros estados en Estados miembros». Ello, ha explicado Sánchez, «en algún caso, puede hacer imposible la expulsión de un residente de larga duración, toda vez que la competencia sería, como la propia directiva dice, de los Estados miembros en sus legislaciones nacionales, a pesar de que hayan cometido delitos en el Estado miembro en el que residen».


