La querella imputa a los tres cargos públicos seis delitos: colaboración con el terrorismo (art. 577.1 CP), homicidio (art. 142.1 CP) y lesiones (art. 152 CP) por imprudencia grave, prevaricación administrativa (art. 404 CP), omisión del deber de perseguir delitos (art. 408 CP) y encubrimiento con abuso de funciones públicas (art. 451.3 CP). El escrito se apoya en un informe policial (CGEF-CENIF), remitido a la Audiencia Nacional, que describe la entrada como una operación organizada y no como un fenómeno migratorio espontáneo.
La Policía Nacional emitió alertas los días 28 y 29 de julio advirtiendo de un «riesgo extremo» y una posible entrada masiva para el 30 de julio, información que llegó a la Secretaría de Estado de Seguridad.
Pese a ello, el dispositivo desplegado se limitó a un puñado de agentes, y los refuerzos policiales y militares no llegaron hasta que el asalto a la frontera ya se había producido.
La querella indica la operación de carácter organizado, con distintos niveles de coordinación, difusión del mensaje en redes, guías sobre el terreno y una «dirección estratégica», y con la participación de gendarmes marroquíes y agentes de paisano que guiaron el cruce de la frontera.
Existen indicios cualificados de que se instrumentalizó deliberadamente una masa de personas para colapsar el dispositivo fronterizo español, generar graves alteraciones del orden y la seguridad pública, producir o favorecer la comisión de delitos graves contra las personas y ejercer presión sobre la ciudadanía y las autoridades españolas con una finalidad política o de desestabilización.
VOX sostiene que la finalidad migratoria fue solo una «cobertura formal» de una estrategia dirigida a colapsar el control fronterizo español y presionar a las autoridades, lo que encajaría en las finalidades que el Código Penal exige para calificar un hecho como terrorismo.
En conclusión, utilizan las personas con mayor vulnerabilidad como escudos humanos, para obligar a dar unas respuestas derivadas a la vía administrativa que consolidarían la situación, la agravaría consiguiendo aumentar el objetivo desestabilizador.
VOX reprende a los investigados no haber promovido la persecución penal de los hechos tras conocerse la posible implicación de agentes marroquíes, y recuerda que una alerta oficial publicada por el Departamento de Seguridad Nacional el 31 de julio fue retirada horas después, con el cese inmediato de la funcionaria que la difundió. El escrito señala además versiones contradictorias entre la ministra de Defensa, el ministro del Interior y la Delegación del Gobierno sobre si existieron o no informes previos.
Por todo ello, VOX solicita al Tribunal Supremo que: tome declaración a los tres investigados, recabe las comunicaciones internas del Ministerio del Interior y de la Secretaría de Estado de Seguridad, cite como testigos a la ministra de Defensa y al director general de la Policía, ordene el bloqueo cautelar de archivos y correos electrónicos oficiales para evitar su alteración o destrucción mientras dure la investigación y que se requiera a Grande-Marlaska a que se abstenga de realizar acto alguno de represalia, directa o indirecta, contra los funcionarios y agentes que hayan intervenido en la elaboración, remisión o recepción de los avisos que se exponen en la querella.




