VOX Melilla en contra del impuesto de plusvalía municipal

La formación política ha votado no a la reforma de la ordenanza en el Pleno urgente convocado en el día de ayer

El pasado lunes en el Pleno extraordinario de la Asamblea convocado de urgencia para tratar la modificación de la ordenanza fiscal del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, conocido como plusvalía municipal, VOX Melilla votó en contra. “Hemos votado en contra, ya que lo hemos recurrido ante el Tribunal Constitucional”, afirma la formación local.

El motivo de la modificación viene dado por una sentencia del Tribunal Constitucional de fecha 26 de octubre que establecía la inconstitucionalidad del método de cálculo del impuesto municipal por la transmisión de inmuebles. Esta anulación “solamente beneficiaría a aquellos contribuyentes que hubieran iniciado la reclamación de la devolución de la cantidad abonada al ayuntamiento antes de la sentencia”, asegura VOX Melilla.

También se podrán reclamar las liquidaciones o autoliquidaciones que se liquidaron desde el 26 de octubre, fecha de la sentencia, hasta el 9 de noviembre, fecha en la que entró en vigor el Real Decreto Ley 26/2021 que establece el nuevo método de cálculo de la plusvalía municipal. El Gobierno socialcomunista de Sánchez, ante esta situación y en un tiempo record de catorce días, “reformó este impuesto dando un plazo de seis meses a los ayuntamientos para modificar sus respectivas ordenanzas fiscales, de ahí ese pleno extraordinario de urgencia”, asevera la formación liderada por Tasende.

El nuevo impuesto fue avalado posteriormente en el Congreso de los Diputados por todas las fuerzas políticas allí representadas, excepto por VOX, que solicitó su supresión, y anticipó un recurso de inconstitucionalidad. Que ha sido admitido a trámite. No hay que olvidar que “en España hay más del 75% de propietarios a los que les afectaría este gravamen al vender, donar o heredar”, subraya el partido local.

Desde VOX Melilla consideramos que “existe una doble imposición con este impuesto”, ya que las ganancias por las ventas “ya tributan en el IRPF y en sociedades, y por este motivo se ha votado en contra de la modificación”.