El candidato de VOX La Coruña al Congreso

La Junta Electoral Provincial estima la reclamación interpuesta por VOX contra la cobertura de la CRTVG para el 10N

VOX ha sido reconocido como grupo político significativo y como tal debe recibir la cobertura informativa que le corresponde.

El pasado día 29, VOX recurrió ante la Junta Electoral Provincial de La Coruña el Plan de Cobertura de la Corporación de Radio y Televisión de Galicia (CRTVG) relativo a las Elecciones de las Cortes Generales del próximo 10 de noviembre, por considerar que dicho Plan no respetaba el pluralismo político y social, la igualdad, proporcionalidad y neutralidad informativa en la programación de un medio público.

Una vez presentada la reclamación, y pese a que el CRTVG solicitó que ésta fuera desestimada íntegramente, la Junta Electoral Provincial acordó reconocer a VOX como grupo político significativo basándose en los resultados obtenidos por la formación en las anteriores elecciones generales del 28 de abril de 2019, en los cuales los 86.126 votos conseguidos equivalen al 5,27% de los votos emitidos en Galicia, lo que supera el 5% que exige la Instrucción de la JEC 1/2015 para poder reconocer a un grupo político de esta forma.

A estos resultados hay que sumarle el hecho que VOX tiene un Grupo Parlamentario Propio en el Congreso de los Diputados, con lo cual, teniendo en cuenta ambas circunstancias, VOX se hace “merecedor de un tratamiento informativo y de una cobertura electoral en los medios públicos diferenciados y más amplios de los que tienen otras formaciones políticas que no se han presentado hasta ahora a las elecciones generales o que han obtenido resultados menos relevantes, de manera que la cobertura informativa sobre dicho partido, aunque no puede ser igual o superior que la dedicada a las candidaturas que sí obtuvieron representación en las anteriores elecciones equivalentes, tampoco puede ser menor que la que reciban el resto de formaciones políticas. Por lo expuesto, entendemos que el Plan de cobertura impugnado no garantiza plenamente los principios de pluralismo político, igualdad y proporcionalidad, en lo que se refiere al partido VOX, y vulnera lo dispuesto en el artículo 66 de la LOREG”.
D
e esta forma, VOX ha logrado que se cumpla la ley y ha exigido que se le dé el trato que le corresponde, demostrando una vez más la utilización partidista de los medios de comunicación públicos.