ASAMBLEA EXTRAORDINARIA VOX – INFORMACIÓN PARA PRENSA

Tras el anuncio, el pasado lunes, de la convocatoria de una Asamblea Nacional Extraordinaria, el Comité Electoral, constituido el martes 9 de enero y competente en todo lo relativo al proceso electoral, ha enviado una comunicación a los afiliados de VOX en la que explica los pasos a seguir desde hoy y hasta el próximo 27 de enero, día de la Asamblea Extraordinaria.

 

  1. Plazos

-08 de enero de 2024: Convocatoria oficial del proceso electoral

-09 de enero de 2024: Constitución del Comité Electoral (CEL)

-De las 15 horas del 10 de enero de 2024 a las 23:59 horas del 16 de enero: Plazo para la presentación de Candidaturas y los Avales correspondientes. (Para facilitar la obtención de los avales y para la correcta comprobación de validez de estos, se habilitará un sistema telemático a través de la página web del partido, a partir del día 10 de enero de 2024 a las 15:00 horas, cuando comienza el plazo de recogida de avales).

-Del 20 de enero de 2024: Proclamación de Candidaturas válidamente admitidas.

-Del 21 al 25 de enero de 2024: Campaña electoral

-Dentro de este periodo:

-Voto por correo certificado (del 22 al 26 de enero, último día en que se recibirán votos emitidos por correo certificado en la Notaría)

-Voto telemático (del 25 al 27, día en que se cerrará el sistema del voto telemático a las 10:00 horas)

-27 de enero: Escrutinio general del voto telemático y por correo certificado. Anuncio público de los resultados provisionales.

-1 de febrero: Último día para la presentación del recurso electoral del artículo 19 del Reglamento Interno de Procedimientos Electorales.

-06 de febrero: proclamación de resultados definitivos.

 

  1. ¿Quién puede ser candidato?

Todos los afiliados de pleno derecho que cumplan con los requisitos exigidos por el RIPE podrán presentar Candidatura a las actuales elecciones internas. Por Candidatura se entiende, de conformidad con los Estatutos del partido, un Comité Ejecutivo Nacional formado por un mínimo de 8 personas y un máximo de 20.

 

  1. Afiliados, censo electoral y avales

Tal como explica el Comité Electoral en su comunicado, para este proceso electoral se cierra el censo de afiliados a fecha 31 de diciembre de 2023.

A esa fecha, los afiliados de VOX son 66.949, de los que:

-32.690 pueden otorgar avales al ser afiliados al corriente de pago y con una antigüedad superior a nueve meses. (Anterior al 31 de marzo de 2023, incluido).

-35.548 pueden votar en el proceso electoral al estar al corriente de pago.

-El resto de afiliados no forma parte del censo electoral al no poder participar en el proceso electoral por recaer sobre ellos alguna incidencia de carácter económico o administrativo.

El otorgamiento de aval se hará por procedimiento telemático a través del panel de afiliado; apartado ‘Participa’.

 

  1. La campaña

Cada candidato dispondrá, durante la campaña electoral y en condiciones de igualdad, de los siguientes medios de publicidad:

1) Envío de un correo electrónico masivo: cada Candidatura podrá solicitar el envío con los sistemas y medios informáticos del partido, un correo electrónico masivo a todos los afiliados del Censo electoral. (El texto de esa carta deberá remitirse en un documento, en formato Word, adjunto al correo de presentación de la candidatura, que deberá enviarse no más tarde del 16 de enero de 2024, y de una extensión no superior a 2 páginas).

2) Convocatoria de una reunión telemática con los afiliados incluidos en el Censo Electoral. Dicha convocatoria se realizará formalmente por los órganos del partido.

 

  1. La votación

Los sistemas de votación acordados para el presente proceso electoral son:

1) Voto electrónico: mediante la aplicación informática que se establezca bajo la supervisión del Comité Electoral (CEL), y que cumpla los requisitos de fiabilidad técnica, confidencialidad de los datos e independencia y neutralidad, así como que garantice al afiliado el ejercicio del voto secreto, directo y libre. Del mismo modo que los avales, la votación se realizará a través del panel de afiliados.

2) Voto por correo postal certificado a la Notaría: mediante el envío por correo postal certificado de la papeleta oficial aprobada por el Comité Electoral, y que se pondrá a disposición de los afiliados en la página web, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 15 del RIPE, una vez proclamadas las candidaturas válidamente admitidas (papeleta que será enviada en un sobre en blanco cerrado. Este sobre, se introducirá en otro sobre que sí incluirá los datos del afiliado como remitente. En este segundo sobre que sí incluye los datos del remitente, deberá introducirse también una copia del DNI o NIE del afiliado.