El efecto llamada y el ingreso mínimo vital

Las excepciones contempladas por el BOE permiten que, con un simple informe emitido por los servicios públicos, los inmigrantes ilegales pueden acceder a ayudas públicas.

El BOE establece que podrán ser beneficiarias del ingreso mínimo vital las personas que tengan la residencia legal en España desde al menos 1 año antes de la solicitud. Sin embargo, prevé que, excepcionalmente, víctimas de trata de seres humanos y de explotación sexual, a pesar de no tener residencia legal en España podrán acceder a la renta mínima vital.

Para acreditar esa condición bastará con presentar “un informe emitido por los servicios públicos encargados de la atención integral a estas víctimas o por los servicios sociales, así como por cualquier otro medio de acreditación que se desarrolle reglamentariamente.”

Este tipo de excepciones contempladas por el BOE constituyen un coladero para que los inmigrantes ilegales puedan acceder ayudas. VOX denunció este martes que, con esta medida, el Gobierno ha facilitado una valiosa herramienta a las mafias que trafican con personas y que éstas la utilizarán, sin duda, como un reclamo comercial para captar víctimas de trata.

Unas afirmaciones que no cayeron nada bien en el Ejecutivo y sus satélites mediáticos quienes, haciendo uso de argumentos torticeros, aseguraron que las personas que entran ilegalmente en nuestro país no serían víctimas de trata y que, por lo tanto, la denuncia de VOX carece de fundamento.

Un simple repaso a la legislación basta para evidenciar que las reclamaciones de VOX están perfectamente fundamentadas. El Código Penal tipifica la trata de personas en su artículo 177 bis:

Será castigado con la pena de cinco a ocho años de prisión como reo de trata de seres humanos el que, sea en territorio español, sea desde España, en tránsito o con destino a ella, empleando violencia, intimidación o engaño, o abusando de una situación de superioridad o de necesidad o de vulnerabilidad de la víctima nacional o extranjera, o mediante la entrega o recepción de pagos o beneficios para lograr el consentimiento de la persona que poseyera el control sobre la víctima, la captare, transportare, trasladare, acogiere, o recibiere, incluido el intercambio o transferencia de control sobre esas personas, con cualquiera de las finalidades siguientes:

-La imposición de trabajo o de servicios forzados, la esclavitud o prácticas similares a la esclavitud, a la servidumbre o a la mendicidad.
-La explotación sexual, incluyendo la pornografía.
-La explotación para realizar actividades delictivas.
-La extracción de sus órganos corporales.
-La celebración de matrimonios forzados.
-Existe una situación de necesidad o vulnerabilidad cuando la persona en cuestión no tiene otra alternativa, real o aceptable, que someterse al abuso.

Si las élites progresistas dedicaran más tiempo a escuchar el testimonio de las personas que son víctimas de las mafias del tráfico de personas entenderían que han sido víctima de engaño con fines lucrativos por lo que podrían acceder a este tipo de ayudas.

De hecho, las mafias migratorias han aprovechado la aprobación de la renta mínima vital para alentar el efecto llamada y tratarán de introducir a miles de inmigrantes ilegales en nuestro país con la esperanza de que, una vez en territorio nacional, recibirán una cantidad mensual del Estado.

Unas mafias migratorias que, no olvidemos, son los aliados necesarios en el traslado de los inmigrantes ilegales desde las costas de África a Europa.