VOX presenta ante el Supremo los escritos de alegaciones contra el indulto a los golpistas condenados por el ‘proces’

La formación, que ejerció la acusación popular durante la causa demuestra que no se cumplen los criterios que la ley establece para concederlo.

VOX ha presentado un escrito de alegación ante el Tribunal Supremo en el que muestra su “rotunda oposición” a los indultos de los condenados por el golpe de Estado en Cataluña en 2017.

El equipo Jurídico de VOX, que dirige Marta Castro y que representó a la formación durante el conocido ‘proces’, alega ahora que los indultos a los condenados supondrían que el Gobierno envía un mensaje a la sociedad: “La más absoluta impunidad de los delitos cometidos contra el orden constitucional”.

Castro deja patente en su escrito que las condiciones establecidas por ley para conceder la impunidad no se cumplen. Y advierte: “No se debe consentir que el Gobierno, por intereses partidistas, electoralistas o ideológicos pretenda utilizar este medio para blanquear una actuación delictiva que de ninguna forma puede ser interpretada como un posicionamiento político, sino como una vulneración de la legalidad”.

Así, VOX recuerda, que “en ningún momento, los condenados manifestaron o trataron de impedir las consecuencias lesivas de sus acciones”.

En cuanto al criterio de equidad, “no concurre presupuesto de desproporcionalidad de la pena”, por el contrario, “el sistema penológico aplicado resulta más favorable a los penados atendiendo a la concurrencia medial de delitos, de la que resultaron beneficiados”. Y recuerda que no han sido restituidos los caudales públicos, malversados con su actuación.

Arbitrariedad y abuso de poder

Por otro lado, Castro explica que ninguno de los condenados “manifestó, antes, durante o posteriormente, ni siquiera de forma indirecta, la aceptación y reconocimiento de culpabilidad”. Por el contrario, “siempre que han tenido ocasión, manifestaron su voluntad de repetir los actos si tuvieran ocasión”.

También destaca VOX al Tribunal Supremo que los condenados “corrompieron las funciones que los propios ciudadanos les habían encomendado, abusando de las mismas para sus fines ilícitos”.

Por último, recuerda Castro, “cuando la motivación de la aplicación de la medida descansa en razones de conveniencia política y no en motivos particulares de carácter excepcional que lo justifiquen, se incurre en arbitrariedad y abuso de poder, que en todo caso, se encuentra vedado por nuestro ordenamiento jurídico, artículo 9, 10 y 103 CE, así como por los principios inspiradores de nuestro derecho y de interpretación del texto legal del indulto”.