Mercedes Jara

Cirugía estética e instrusismo | Mercedes Jara: ‘Debemos tener muy en cuenta la seguridad de las personas que se someten a tratamientos estéticos’

La portavoz adjunta de VOX en la Comisión de Sanidad y Consumo, Mercedes Jara, ha intervenido en el pleno durante el debate de la proposición no de ley del PSOE sobre cirugía estética y lucha contra el intrusismo y las pseudociencias, para dejar clara dos ideas: no se puede llevar a mezclar conceptos que pueden perjudicar el ejercicio profesional de muchos médicos en España al tiempo que hay que preservar la seguridad de las personas que se someten a tratamientos estéticos.

La intervención de la diputada de VOX ha sido la siguiente:

«Hablar de cirugía estética de una forma generalizada nos puede llevar a mezclar conceptos que pueden perjudicar el ejercicio profesional de muchos médicos en España. Este sector da empleo a gran cantidad de profesionales sanitarios, por lo que tendríamos que ser extremadamente prudentes a la hora de hablar de ellos para no generalizar, no criminalizar ni inducir a suspicacias que les pudiera perjudicar y, por otro lado, debemos tener muy en cuenta la seguridad de las personas que se someten a tratamientos estéticos. Esta iniciativa parece bien intencionada, en cuanto que pretende mejorar la protección de los usuarios, así como luchar contra el intrusismo, sin embargo, para valorar su alcance sería preciso conocer el texto de las concretas modificaciones que se proponen incorporar al texto del Real Decreto 1277/2003 u otras normas que no se indican en la iniciativa.

Así, en el punto 3 del texto se afirma que se pretende modificar dicho Real Decreto por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios. Esta norma reglamentaria no se dictó para regular el ejercicio de las profesiones tituladas, ya que es materia reservada a norma con rango de ley, y solo pretende establecer los requisitos básicos para la autorización de centros y establecimientos sanitarios.
De otra parte, en el apartado 4 de la proposición, se afirma que se presenta para «luchar por la erradicación de cualquier intrusismo y las pseudociencias que afecte a las distintas especialidades de profesiones médicas(…)».

El propósito es sin duda loable. Sin embargo, hay que matizar que no hay profesiones médicas en plural, pues como se desprende de la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, en su artículo 5, y ya matizó en su día el Tribunal Supremo, «la profesión médica es solo una y las especialidades médicas son un carácter con que aquella se ejerce».
Por otro lado, la posesión del título de especialista será necesaria para utilizar de modo expreso la denominación de especialista, para ejercer la profesión con tal carácter y para ocupar puestos de trabajo con tal denominación, en centros y establecimientos públicos y privados. Para luchar contra el intrusismo profesional en medicina, y en la especialidad hoy en cuestión (de Cirugía plástica, estética y reparadora) debería modificarse la citada Ley, es decir, una norma con rango legal.

Tenemos que asumir que los distintos procedimientos médicos están sujetos, estadísticamente, a diversas complicaciones como sangrados, infecciones, desestabilización de patologías preexistentes conocidas o no en el paciente, efectos secundarios de los fármacos utilizados y demás vicisitudes; y por ello, la información al paciente y usuario es fundamental para que asuma que está exponiendo su salud y, en ocasiones, su vida, y decida libremente someterse o no a estos tratamientos con pleno conocimiento. También debemos diferenciar las actividades asumidas por centros de estética, en las que se utiliza aparatología que tienen un uso, además de estético-sanitario como son el láser o los aparatos de luz pulsada intensa. Solo deben ser utilizados para los usos que tengan autorizados el personal que los maneja y nunca en tratamientos médicos.

Lo mismo ocurre con la administración parenteral de medicamentos, como el ácido hialurónico o la toxina botulínica que precisan del consentimiento informado del paciente, como procedimiento médico y que deben ser administrada por un facultativo. Con las anteriores aclaraciones hemos formulado una enmienda para mejorar la información que se debe proporcionar sobre los profesionales sanitarios y procedimientos médicos para los que están autorizados y capacitados legalmente a realizar y evitar así el intrusismo de otros profesionales que no lo están».