- La formación presenta esta PNL al hilo de la mesa redonda celebrada este miércoles en el Congreso de los Diputados. « Ha de preservarse en la medida de lo posible que los menores tengan vínculos afectivos significativos con ambos padres»
«Promover la modificación de la legislación aplicable en materia de Derecho de Familia, en aplicación de la reiterada jurisprudencia del Tribunal Supremo y con el doble fin de propiciar seguridad jurídica y una mayor consecución del interés de los hijos». Este es el principal objetivo por el que el Grupo Parlamentario VOX ha presentado una Proposición No de Ley con la que pretende implantar como modelo de cuidado de los hijos menores el régimen de guarda y custodia compartida.
«Para los menores constituye un bien tener un padre y una madre y pasar tiempo de calidad con ambos. Esto ha de preservarse en la medida de lo posible pues permiten que los menores tengan vínculos afectivos significativos con ambos padres y que los dos se impliquen intensa y directamente en su cuidado y educación, lo que redunda en su mayor desarrollo», explican en el texto registrado.
Según recoge VOX en su iniciativa, a pesar de los ´múltiples beneficios de este modelo de custodia, existe aún resistencia a valorar esta opción como la mejor para los menores’. Es más, en 2020 en tan sólo un 41,4% de los casos se decretó este modelo, siendo la tendencia general de los Juzgados de Primer Instancia el de dictar guardia y custodia materna.
En este sentido y para implantar definitivamente este tipo de custodia, VOX apuesta por promover el recurso habitual a la mediación judicial y extrajudicial en Derecho de Familia en dos vertientes. La primera, mediante el uso de centros públicos de mediación y de intervención parental en toda España dotándolos de los medios necesarios. En segundo lugar, aprobando un Protocolo nacional de mediación familiar.
Por otro lado, VOX también promueve en su iniciativa el endurecimiento de las consecuencias jurídicas en caso de incumplimiento de las resoluciones en materia de guardia y custodia de los menores así como la posibilidad de que se mantenga la pensión de alimentos para el hijo mayor de edad aunque no exista la custodia.


