Pepa Millán

Nuevo veto del Gobierno a VOX: impide tramitar una iniciativa que introducía deducciones fiscales por contratar a mujeres embarazadas, padres de familia numerosa o con hijos con discapacidad

Proposición de ley.

El Grupo Parlamentario VOX presentó el pasado 29 de febrero una proposición de ley por la que se modifica la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades con el fin de introducir deducciones fiscales por la creación de empleo y la contratación de mujeres embarazadas y de padres y madres de familia numerosa o con hijos con discapacidad.

Con esta iniciativa, la formación de Santiago Abascal buscaba un doble objetivo que consistía en que por una parte se fomentase la natalidad en España debido al invierno demográfico que sufre el país con una caída en los nacimientos y por otra la de aliviar fiscalmente a aquellas familias que más contribuyen a la sociedad, como es el caso de las familias numerosas, o que enfrenten dificultades adicionales como la de tener hijos con discapacidad.

VOX pretendía mediante la modificación del impuesto de Sociedades realizar las siguientes deducciones a las personas mencionadas anteriormente:

Deducción por creación de empleo para mujeres embarazadas o con hijos de edades comprendidas entre 0 y 3 años y para padres y madres de familia numerosa o que tengan un hijo con discapacidad.

1. Serán deducibles de la cuota íntegra, por cada persona/año de incremento del promedio de plantilla de trabajadores contratados por el contribuyente, experimentado durante el período impositivo respecto a la plantilla media de trabajadores de la misma naturaleza del período inmediato anterior, las siguientes cantidades:

a) por la contratación de una mujer embarazada o con hijos de edades comprendidas entre 0 y 3 años: 9.000 euros al año.

b) por la contratación de un padre o una madre de familia numerosa: 10.000 euros al año.

c) por la contratación de un padre o una madre con un hijo que tenga reconocida una discapacidad: 11.000 euros al año.

d)  por la contratación de un padre o una madre con tres o más hijos, uno de los cuales tenga reconocida una discapacidad: 12.000 euros al año.

2. Los trabajadores contratados que dieran derecho a la deducción prevista en este artículo no serán computados a efectos de la libertad de amortización con creación de empleo regulada en el artículo 102 de esta Ley.

Las entidades que empleen a un trabajador a través de un contrato por tiempo indefinido, cuando dicho trabajador sea una mujer embarazada, una madre de un niño de 0 a 3 años, o un padre o una madre de familia numerosa o con un hijo con discapacidad, tendrán derecho a una bonificación mensual de la cuota empresarial a la Seguridad Social o, en su caso, de su equivalente diario por trabajador contratado, de 500 euros/mes (6000 euros/año) durante el primer año de vigencia del contrato.

Pese a las numerosas ventajas que esto traería tanto para el empleo como para la sociedad en su conjunto, el Gobierno ha decidido hacer nuevamente un uso arbitrario de su potestad de veto a la hora de tramitar iniciativas en el Congreso de los Diputados. En este caso, la excusa que ha dado para no tramitar la iniciativa es que esto “supondría una reducción de la recaudación del impuesto de sociedades, por las nuevas deducciones, que representarían un coste estimado de 178 millones de euros”.

La afirmación se realiza en un momento en el que España ha obtenido una recaudación récord de impuestos nunca antes vista en la historia del país como consecuencia de la elevada presión fiscal y la elevada inflación que sufren los españoles.

No es la primera vez que desde el Gobierno se veta una iniciativa de carácter social presentada por VOX, dado que hace unos meses se vetó hasta en dos ocasiones la proposición de ley ELA de la formación de Santiago Abascal en el Congreso alegando motivos económicos similares y posteriormente se ha dado trámite a tres iniciativas similares del PSE, Junts y el PP.