Objetivo Puigdemont | VOX exige incluir como inelegibles a los prófugos de la Justicia

• Propone la modificación de la ley orgánica 5/1985 para modificar los supuestos de inelegibilidad. • Recuerda la gravedad del golpe de Estado de 2017 y la investigación a Puigdemont por un supuesto delito de terrorismo. • Esta iniciativa se enmarca en la batería de acciones legales y legislativas para sentar al prófugo Puigdemont ante la Justicia tras el recurso de amparo ante el Constitucional para impedir la celebración de la comisión de Justicia, el envío de cartas a las presidencias de los parlamentos europeo y catalán, o la petición de orden de detención contra el expresidente prófugo de la Justicia.

El Grupo Parlamentario VOX ha registrado una proposición de ley orgánica por la que se modifica la ley orgánica 5/1985 de 19 de junio del Régimen Electoral General, para incluir como inelegibles a los prófugos de la justicia.

La formación expresa en su texto que en los últimos años se han sucedido “recursos judiciales y reclamaciones en materia electoral que tenían por objeto garantizar el cumplimiento de la legalidad frente a la inclusión en las listas electorales de prófugos de la Justicia”. De hecho, esta misma semana se ha conocido la investigación a Carles Puigdemont por un supuesto delito de terrorismo por los hechos acontecidos en el marco del golpe de Estado de 2017.

En este sentido, VOX recuerda que el ordenamiento jurídico obliga a los españoles a atender los requerimientos y citaciones judiciales como recoge el artículo 188 de la Constitución. Y señala además que esta obligación “no puede reputarse cumplida cuando se comparece ante los órganos judiciales extranjeros del país en el que resida el prófugo de la Justicia”, ya que “la obligación de comparecer y atender a los mandatos judiciales debe entenderse cumplida solamente ante los órganos judiciales españoles”.

Recogido como un derecho fundamental, asegura VOX, cabe plantearse si se debe privar a una persona de la participación política por escapar de la acción de la Justicia en especial cuando exista una responsabilidad penal por graves delitos contra la unidad de la nación, la seguridad de las personas o relativos al terrorismo.

El GP VOX explica que existen diversas causas de inelegibilidad: ser integrante de la familia real, miembro de altas instituciones o fiscal general del Estado; estar condenado a pena privativa de libertad durante el periodo que dure la pena o ser condenado por sentencia, aunque no sea firme, por delitos de rebelión, de terrorismo, contra la administración pública o contra las Instituciones del Estado cuando la misma haya establecido la pena de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo.

Asimismo, el GP VOX señala que “la presente ley orgánica tiene por objeto ampliar el primer grupo de causas de inelegibilidad para evitar la inclusión en listas electorales de personas respecto a las cuales la autoridad judicial española competente hubiese dictado una resolución que tenga por objeto la detención y la entrega por apreciar que incurren en tales personas indicios racionales de responsabilidad penal; o, alternativamente, la autoridad judicial hubiese citado a comparecer como acusados por uno o varios delitos contra la Administración Pública, contra las Instituciones del Estado, contra la Constitución, de sedición y de terrorismo, cuando no comparecieren ni justificaren causa legítima que se lo impida”.

En el texto se defiende le medida teniendo en cuenta la gravedad de los hechos acontecidos en los últimos años: “Estas situaciones justifican que se restrinja que quienes se encuentran perseguidos penalmente por actuar decididamente contra la unidad de la nación puedan ser incluidos en una lista electoral y ser, por lo tanto, elegibles”.

Además, el partido apunta que “debe incluirse esta causa adicional de inelegibilidad como mecanismo para reforzar la materialidad del deber de todos los españoles, y particularmente de los gestores públicos, de cumplir las resoluciones judiciales y de prestar la colaboración requerida por los jueces y tribunales en el curso del proceso”.

La modificación de los supuestos de inelegibilidad también ahonda en la necesidad de asegurar que quienes pretenden convertirse en representantes de los españoles “tengan una conducta ejemplar en el respeto a las leyes. De nada sirve que tales personas prometan o juren acatar la Constitución y las leyes para tomar posesión de si se colocan en situación de ilegitimidad al vulnerar reiteradamente el ordenamiento jurídico y atentar contra valores inherentes a la Nación”.

Finalmente, VOX concluye que estas medidas se articulan como “como medio de salvaguarda de la libertad y la igualdad entre los españoles, de la unidad de la nación y del respeto al orden constitucional y al Estado de Derecho”.

Esta iniciativa se presenta en el marco de una batería de acciones legales y legislativas que tiene como objetivo sentar al prófugo Puigdemont ante la Justicia española y que se completa con un recurso de amparo ante el Constitucional para impedir la celebración de la Comisión de Justicia que debe aprobar el dictamen de la ley de amnistía; el envío de cartas a las presidencias de los parlamentos europeo y catalán, o la petición de orden de detención contra el expresidente de Cataluña prófugo de la Justicia.

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