En Madrid, a 20 de octubre de 2023 –
El Grupo Parlamentario VOX ha registrado una proposición de ley de modificación de la ley 7/1985 reguladora de las Bases del Régimen Local, con el fin de garantizar el uso del español en lo relativo a la denominación de los municipios.
La formación recuerda en su iniciativa que la unidad de la nación es el principio sobre el que se sustenta el orden constitucional tal y como recoge el artículo 2 de la Constitución Española. Además, esta unidad “se ha visto amenazada por fuerzas separatistas que buscan destruir España valiéndose para ello de, entre otros medios, las distintas lenguas regionales”.
El GP VOX recoge en el texto la sentencia del Tribunal Constitucional (STC 84/1986) en la que se afirma que “no existe un deber constitucional del conocimiento de una lengua cooficial”. También la sentencia 82/86 va en ese mismo camino: “La exigencia del bilingüismo ha de llevarse a cabo con un criterio de racionalidad y proporcionalidad”.
Pese a todo ello, los grupos separatistas emplean las lenguas regionales para dividir y marginar al español. Por este motivo, VOX asegura que esta iniciativa pretende “ser el primer eslabón de un proceso de reforma legal con el objetivo de asegurar que la lengua común de todos los españoles reciba una adecuada protección y respeto”.
La problemática proviene, asegura VOX, del reemplazamiento de los topónimos en español por topónimos en lengua regional empleando el artículo 14.2 de la ley 7/1985 de 2 de abril regulador de Bases del Régimen Local. En ella se indica que la denominación de los municipios podrá ser en español, en cualquier otra lengua oficial en el respectivo territorio o en ambas.
Por ello, la proposición de ley registrada por VOX pretende “dotar a la ley de Bases de Régimen Local de un mecanismo de protección del uso del español en la toponimia nacional, como primer paso de una reforma más amplia que ahonde en el propósito de garantizar la riqueza lingüística de las regiones de España sin menoscabo alguno de nuestra lengua común”.
Para que esto se lleve a cabo, se propone la modificación del apartado 2 del artículo 14 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local para que la denominación de los municipios sea en lengua española sin perjuicio de serlo adicionalmente en la lengua regional.