VOX insta al Gobierno a ampliar la subvención del transporte aplicable a los territorios no peninsulares en los supuestos de separación y divorcio

Registra una proposición no de ley para extender las bonificaciones y acabar con el agravio comparativo entre las familias españolas con miembros residentes en Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla.

En Madrid, a 16 de noviembre de 2022– El Grupo Parlamentario VOX ha registrado una Proposición no de Ley dirigida a extender el régimen de bonificaciones en las tarifas de los servicios regulares de transporte aéreo y marítimo, aplicables a los residentes en los territorios no peninsulares a los supuestos de separación o divorcio y situaciones de dependencia, para su discusión en la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

Hay que tener en cuenta que debido a la especial condición que tienen los territorios españoles de Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla se han implementado medidas desde mediados del siglo pasado encaminadas a la subvención del transporte de los españoles residentes en estos territorios.

De este modo, y a causa de la normativa del actual régimen de bonificaciones, son beneficiarios de estas bonificaciones los residentes en los territorios no peninsulares indicados anteriormente. La condición fundamental para convertirse en beneficiario de esta bonificación sigue siendo cumplir con la condición legal de ser residente y poder certificarlo mediante la inscripción en el padrón municipal.

Sin embargo, el GP VOX considera que el régimen actual requiere de cierta modificación debido a la exclusión de supuestos recurrentes y de necesaria inclusión en la normativa vigente. Son los casos de separación o divorcio cuando el padre custodio haya fijado su residencia fuera de los territorios no peninsulares y tenga reconocido un régimen de visitas; cuando el padre que tiene atribuida la custodia compartida no reside en los territorios no peninsulares durante los periodos de no convivencia con los hijos menores y, en tercer lugar, cuando el menor no emancipado que resida con uno de sus padres o tutores quiera visitar al otro padre no residente en territorio peninsular.

De este modo, resulta necesario que el Estado adopte las medidas necesarias para que las familias españolas no se vean perjudicadas debido al lugar de residencia de alguno de sus miembros. Es decir, las políticas públicas deben atender a las necesidades de las familias aumentando la inversión y fomentando las condiciones necesarias para el fortalecimiento de los hogares y las relaciones paternofiliales.

Por todo ello, el Grupo Parlamentario VOX insta al Gobierno a impulsar las modificaciones normativas pertinentes a efectos de extender al régimen de bonificaciones en las tarifas de los servicios regulares de transporte aéreo y marítimo a los siguientes supuestos:

  • Padre no custodio, o con custodia compartida, de hijo y/o en situación de dependencia, y no residente en Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla en aplicación de un régimen de visitas o de custodia establecido judicialmente que le exija viajar a dichos territorios no peninsulares.
  • Menor no emancipado no residente en Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla que quiera visitar al padre no custodio o con custodia compartida residente en dichos territorios no peninsulares.
  • No residente en Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla con un ascendiente en primer grado en situación de dependencia residente en dichos territorios no peninsulares.