Pepa Millán

VOX propone ampliar las prórrogas de investigación de los procesos penales a un año y así evitar el archivo de las causas

El Grupo Parlamentario VOX ha registrado una proposición de ley para modificar el artículo 324 de la ley de Enjuiciamiento Criminal para ampliar a un año el plazo de prórroga en los procesos penales.

 

Hay que recordad que la ley de Enjuiciamiento Criminal es la norma reguladora de las actuaciones judiciales relativas a los procesos penales. Antes de la reforma realizada en el año 2020, el artículo 324 establecía que las diligencias de instrucción de los procesos penales se debían practicar en un plazo máximo de seis meses a partir de la fecha del auto de incoación del sumario o de las diligencias previas.

 

Con la reforma introducida en el año 2020 se fijó el plazo máximo para la investigación judicial en doce meses desde que se incoa la causa. Al contrario de lo que sucedía anteriormente, ahora el juez, de oficio o a instancia de parte, habiendo oído a las partes, puede acordar mediante auto motivado las prórrogas que estime conveniente por períodos iguales o inferiores a seis meses, sin necesidad de que el proceso de instrucción sea declarado complejo.

 

Debido a la actual reforma es bastante frecuente que a jueces y fiscales les venzan los plazos de investigación sin que se soliciten las oportunas prórrogas de la fase de instrucción. “Esta situación, que se repite en no pocos procesos penales a raíz de la citada reforma, conlleva que el asunto objeto de la fase de instrucción deba archivarse, al no haberse dictado en plazo la correspondiente resolución que permita la acusación. Esto pone fin a las actuaciones respecto de los investigados sin haberse tan siquiera podido comprobar su culpabilidad o su inocencia. Y, si fueran culpables, causa directamente situaciones de impunidad”, explica VOX en su iniciativa.

 

Ante esta situación, VOX propone que el plazo de prórroga actual -que es de seis meses- sea ampliado a un año, de tal forma que la carga de trabajo de los juzgados de instrucción se vea reducida y se evite de esta manera la impunidad de muchos delitos por cuestiones meramente formales.

 

Concretamente el GP VOX propone que la modificación del artículo 324 de la ley de Enjuiciamiento Criminal quede redactada de la siguiente forma:

1. La investigación judicial se desarrollará en un plazo máximo de doce meses desde la incoación de la causa.

Si, con anterioridad a la finalización del plazo, se constatare que no será posible finalizar la investigación, el juez, de oficio o a instancia de parte, oídas las partes podrá acordar prórrogas sucesivas por periodos iguales o inferiores a doce meses.

 

Las prórrogas se adoptarán mediante auto donde se expondrán razonadamente las causas que han impedido finalizar la investigación en plazo, así como las concretas diligencias que es necesario practicar y su relevancia para la investigación. En su caso, la denegación de la prórroga también se acordará mediante resolución motivada.

 

2. Las diligencias de investigación acordadas con anterioridad al transcurso del plazo o de sus prórrogas serán válidas, aunque se reciban tras la expiración del mismo.

 

3. Si, antes de la finalización del plazo o de alguna de sus prórrogas, el instructor no hubiere dictado la resolución a la que hace referencia el apartado 1, o bien está fuera revocada por vía de recurso, no serán válidas las diligencias acordadas a partir de dicha fecha.

 

4. El juez concluirá la instrucción cuando entienda que ha cumplido su finalidad. Transcurrido el plazo máximo o sus prórrogas, el instructor dictará auto de conclusión del sumario o, en el procedimiento abreviado, la resolución que proceda”.