Ángel López

Ayudas a la tauromaquia como al resto del sector cultural: el plan de VOX para la desescalada taurina

El Grupo Parlamentario VOX ha registrado una Proposición No de Ley relativa al plan de desescalada en el mundo del toreo en la nueva normalidad.

La declaración del Estado de Alarma ha supuesto la suspensión de la temporada taurina hasta el momento. La cancelación de las tradicionales ferias de Fallas, Abril, San Isidro y muchas otras de carácter popular. En algunas regiones esto ha supuesto la supresión ya de un 56% de los festejos previstos del año y dejará una falta de ingresos  de entre 200 y 700 millones de euros: 215 festejos suspendidos en los meses de marzo, abril y mayo, suponen el 14,3 % anual.

En el caso de los encierros y fiestas populares, la cifra de cancelaciones se eleva a 1.684, el 9,34% de los previstos para 2020. Según la Asociación Nacional de Organizadores de Espectáculos Taurinos (Anoet), el impacto económico que se está generando durante estos tres meses será de 403 millones de euros de los que el 52,6% corresponden a gasto directo, es decir, 212 millones que quedarían en el aire y 191 millones de pérdidas que se habrían generado por hostelería, turismo, transportes…

Alargándose las suspensiones un mes más el de junio las pérdidas directas serían de 380 millones y 342 en el resto de la economía. Las pérdidas analizadas por la Unión de Criadores de Toros de Lidia, exclusivamente en el ámbito ganadero, superan los 77 millones de euros.

A partir de 2013 la tauromaquia y la crianza del toro bravo están protegidas como Patrimonio Cultural mediante la Ley18/2013, aprobado a través de Iniciativa Legislativa Popular, por tanto fue una voluntad del pueblo.

Cabe destacar que los espectáculos culturales taurinos que aportan al Estado 140 millones en concepto de IVA al año, es la actividad cultural que más ingresos reporta al Estado y paradójicamente, la más marginada en concepto de ayudas por parte del este. Esta actividad cultural ha marcado como ninguno otro la singularidad de la cultura española y, además, es una seña de identidad frente al resto del  mundo.

Este Patrimonio Cultural se han visto últimamente amenazado por la corriente animalista que no ha querido comprender el valor cultural de esta expresión y no pretende el diálogo, sino la supresión. Esta presión social ha propiciado con la falta de valentía y de cultura de muchos responsables políticos que siempre han dejado carentes de ayudas de todo tipo en comparación con otras ramas de la cultura oficial que en comparación han sido mimadas tradicionalmente representando mucho menos porcentaje del PIB nacional.

Para paliar esta situación que amenaza con la supervivencia del sector, el Grupo parlamentario VOX considera necesario que se adopten las siguientes medidas que a continuación pasamos a exponer en los siguientes puntos.

Por todo ello, el GPVOX pide al Congreso que inste al Gobierno a lo siguiente:

  1. Reconocimiento y aplicación del Toro de Lidia como Patrimonio Cultural de todos los españoles, de tal manera que se equiparen las ayudas y medidas con el resto de actividades culturales.
  1. Defensa y conservación de la raza autóctona del Toro de Lidia para evitar su desaparición. La destrucción de esta raza única causaría un daño irreparable en la Dehesa, lo que provocaría la desaparición de muchas especies del ecosistema como queda probado en varios informes de expertos.
  1. Desarrollo rural y fomento del turismo rural de interior y el empleo verde:

a) Diseñar un plan de desescalada, identificando plazas de pueblos, zonas sanitarias libres, etc. De forma que algunas CCAA -Andalucía, Murcia, Extremadura – se pueda dar toros de forma escalonada (becerradas, novilladas, corridas de toros.) y rediseño de la estructura del espectáculo en especial de las corridas de toros, y su viabilidad en las plazas de tercera y portátiles.

b) Impulsar la actividad taurina en aquellos sitios donde tiene arraigo o donde históricamente lo tuvo, pero cuyo aforo ha imposibilitado e imposibilita hacer viable la celebración de corridas de toros, con la consecuente pérdida de estas plazas y de todos los negocios que lo rodean para evitar que se pierda mano de obra en esos pueblos.

c) Revisión, reducción y facilitación tanto de la regulación, estableciendo un procedimiento y autorización simplificada adecuándolos a la realidad de los pueblos, como de los costes de producción especialmente administrativos, fiscales y laborales, fomentando y promoviendo la viabilidad de esta clase de festejos locales a través de medidas y ayudas directas.

  1. Reducción del IVA cultural del 10% al 4% tal y como está reivindicando el resto de industrias culturales.
  1. Instar a las administraciones propietarias de plazas de toros de titularidad pública, concedidas bajo la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, al restablecimiento del equilibrio económico de los contratos vigentes en todos sus aspectos principales: canon, número y tipo de espectáculos obligatorios, precio de las localidades y obligaciones derivadas como financiación de escuelas taurinas, obras y reformas en cada plaza de toros, actos culturales, exención de tasas administrativas, etc; así como a la flexibilidad en las concesiones pendientes de adjudicación en 2020, bien prorrogando a los adjudicatarios previos o facilitando procedimientos de contratación rápidos y no especulativos.
  1. Revisiones en los criterios de cotización de los profesionales taurinos, según el art 33.5 del Real Decreto 2064/1995, donde se establecen la determinación de la base de cotización correspondiente a cada empresa, ya que en ningún caso se van a realizar el número de festejos necesarios para llegar a la base mínima de cotización necesaria para que no se regularice la cantidad pendiente a cargo de la empresa.
  1. Impulsar líneas de financiación ICO específicas para garantizar la liquidez de las empresas culturales, especialmente para aquellas afectadas por la suspensión de espectáculos ya anunciados cuya inversión inicial para su organización se ha visto alterada ante la falta absoluta de ingresos, así como aprobar indemnizaciones por espectáculo cancelado dado que los seguros de cancelación contratados no cubren este tipo excepcional de cancelación del espectáculo.
  1. Exención de cargas fiscales específicas por la explotación de las plazas de toros tanto para espectáculos taurinos como para todo tipo de espectáculos culturales y artísticos: Impuestos de Bienes Inmuebles, Impuesto de Actividades Económicas, etc.
  1. Reestructuración de gastos administrativos y de producción de los festejos taurinos conceptuados como espectáculos culturales de masas, asumiendo la Administración Pública la cobertura sanitaria y veterinaria en festejos taurinos.
  1. Ampliación de las medidas aprobadas por el RD Ley 8/2020 de 17 de marzo para empresas del sector taurino y autónomos (empresarios, apoderados de toreros y otros profesionales) más allá de la aplicación del estado de alarma si una vez desactivado éste se prolonga, bien a nivel estatal y/o autonómico, medidas de prohibición de concentración de personas que imposibiliten la celebración de los festejos taurinos.
  1. Consideración a las empresas ganaderas de bravo dentro del paquete de ayudas que se recogen en el Real Decreto-ley 8/2020 de 17 de marzo, que tienen por objeto facilitar liquidez, dotar de flexibilidad, favorecer el mantenimiento de empleo para todas las empresas sin distinción del sector de actividad.
  1. Fondo extraordinario de ayudas directas a la producción de bovino extensivo de lidia con destino alimentario al igual que se está realizando en sectores ganaderos afectados por el cierre del canal Horeca.
  1. Armonización de la política sanitaria animal en la aplicación de la normativa europea para ayudar y proteger al ganadero de forma que las imposiciones sanitarias no dificulten aún más si cabe la poco sostenible situación del ganadero.
  1. Canales de comercialización alternativos de las carnes o un sistema de intervención pública del precio de la carne sobre una base de precio testigo de mercado correspondiente al mes anterior a la crisis.
  1. Aprobación de prestaciones específicas para los profesionales taurinos (toreros, banderilleros, picadores y mozos de espadas) registrados en el Ministerio de Cultura y cuya relación laboral es de carácter especial e integrado en el régimen general de la seguridad social por el RD 2621/1986, dado que, a pesar de que su actividad profesional está suspendida mientras no esté autorizada la celebración de espectáculos taurinos, no pueden acogerse a ningún tipo de prestación por cese de actividad o desempleo aprobada hasta la fecha con motivo del COVID-19.
  1. Aprobación de indemnizaciones específicas para aquellos profesionales taurinos cuyos contratos de actuación en vigor no pudieron ejecutarse al ser suspendidos los festejos ya anunciados y autorizados previamente por la administración pública (caso de las contrataciones para las Ferias de Fallas, Castellón o Sevilla) dejando de percibir los honorarios y/o salarios acordados entre parte o regulados mediante Convenio.
  1. Suspensión de las obligaciones de pago a la Seguridad Social a cargo de los trabajadores resultantes de las regularizaciones del ejercicio 2019, así como suspensión de la obligación de cotizar por parte del profesional taurino durante la situación de baja por accidente profesional o enfermedad común.
  1. Atendiendo a la previsible reducción o ausencia de festejos en 2020, suprimir temporalmente el requisito de 8 festejos para mantenerse de alta en el Régimen General.
  1. Establecimiento de un régimen específico de garantía salarial para el colectivo de artistas y profesionales taurinos, para cuando se reanude la actividad, de manera que se superen las actuales carencias del régimen general de cobertura por parte del FOGASA, lo que ocasiona que el volumen de cotizaciones, por este concepto no repercutan realmente en garantizar mínimamente los salarios del sector (por la limitación de la cuantía garantizada al triple del SMI en cómputo diario).
  1. Dotación de fondos estatales para favorecer la organización de festejos taurinos de promoción, actividad de escuelas taurinas públicas y certámenes de novilleros.
  1. Habilitar financiación a las administraciones locales y, en su caso, autonómicas titulares de plazas de toros, para la aportación de subvención ayudas a las empresas taurinas adjudicatarias, de manera que éstas puedan compensar las pérdidas por reubicación de festejos y menor asistencia de público.
  1. Instar a la Corporación de RTVE a elaborar con carácter urgente un plan de programación destinado a promocionar la tauromaquia en España y en el extranjero que ayude a publicitar, promocionar y reforzar sus valores culturales e históricos y su importancia como sector económico. Asimismo, y con ello, promover la difusión del arte taurino y potenciar, a mayores, el conjunto de actividades alrededor de esta importante tradición.