VOX Agüimes solicita la retirada de las banderas no oficiales de las fachadas de los edificios públicos del municipio

VOX Agüimes, a través de la concejal Iulia Maria Bocea Miteu, portavoz de VOX y portavoz suplente del grupo mixto, solicitó al Ayuntamiento de Agüimes que se dé cumplimiento a la doctrina del Tribunal Supremo sentada en la Sentencia 1163/2020, respetando la neutralidad de las Administraciones Públicas mediante la no utilización, incluso ocasional, de banderas no oficiales en el exterior de los edificios y espacios públicos. Que proceda a retirar así mismo dicha simbología del espacio público de uso común, en cualquiera de sus formatos (pancartas, pintura, luces, etc.) en aras a los mencionados principios de objetividad y neutralidad institucional, y que únicamente sean utilizados aquellos símbolos oficiales que representan a la totalidad de la ciudadanía.

Con motivo del empleo por parte del Ayuntamiento de Agüimes de simbología LGTBIQ+ que constituye una reivindicación excluyente y colectivista, haciendo uso y exhibición de ello mediante su colocación en el espacio público de uso común, debemos señalar que dicha exhibición supone una privatización del espacio público de uso común. La colocación de estos símbolos supone una acción excluyente que vulnera los principios de objetividad y neutralidad institucional, tal y como se ha determinado en sentencias al respecto (STSJ de Cataluña Sala de lo Contencioso Administrativo 579/2018).

La enseña nacional, que ondea a la entrada de cualquier edificio público, tal y como establece el artículo 4.1 de la Constitución, representa a la comunidad nacional y la igualdad entre todos los españoles sin distinción por sexo, raza, religión, opinión política u orientación sexual. Contra estos valores de concordia e igualdad entre españoles, ciertos partidos, lobbies e instituciones tratan de imponer una división artificial de la sociedad en colectivos con necesidades y problemas excluyentes, a los que victimizan para después erigirse como sus defensores frente a una supuesta mayoría opresora. Tal y como ha señalado el Tribunal Supremo, en Sentencia 1163/2020 de fecha 26 de mayo de 2020, no resulta compatible con el marco constitucional y legal vigente, y en particular, con el deber de objetividad y neutralidad de las Administraciones Públicas la utilización, incluso ocasional, de banderas no oficiales en el exterior de los edificios y espacios públicos, aun cuando las mismas no sustituyan, sino que concurran, con la bandera de España y las demás legal o estatutariamente instituidas.

La “bandera LGTBIQ+” carece de reconocimiento legal válido como símbolo oficial en ninguna administración territorial y por tanto sólo puede ser calificado de parcial y electoralista en cuanto que, asociado a una parte de los ciudadanos identificados con dicha bandera no oficial, no es representativa de la mayoría de los ciudadanos que no pertenecen a ese colectivo o no se alinean con dicha opción. En este caso, ni siquiera representa a las personas homosexuales, muchas de los cuales rechazan ser colectivizados y utilizados como arma política y reivindican que los poderes públicos aborden sus verdaderos problemas, que normalmente comparten con el resto de sus vecinos sin importar su orientación sexual. Como no podría ser de otro modo, cualquier español tiene el derecho de portar o exhibir en su balcón pancartas o banderas con las que se identifique, dentro del marco del ordenamiento jurídico.

Sin embargo, el Ayuntamiento es un espacio público, representante del Estado español en cada localidad, por lo que son las banderas institucionales las que deben ser expuestas, empezando por la enseña nacional, que es la que mejor representa al pueblo español, su unidad y pluralidad. No se trata, por tanto, de una cuestión de interés general para los vecinos, sus celebraciones nada tienen que ver con los derechos de los homosexuales, transexuales, etc, sino con un puñado de lobbies y grupos de presión que buscan ganar poder y recibir subvenciones a costa del enfrentamiento social. En todos los partidos políticos hay gente de distintas tendencias sexuales, homosexuales o heterosexuales. Pero la condición sexual no debería tener ninguna relación con la toma de decisiones políticas.

VOX ha abogado siempre por la libertad de expresión , de credo y de opción política, reivindicamos la libertad del ser humano a elegir libremente a quién amar y a expresar su amor sin ataduras. La petición que se le hace al Ayuntamiento de Agüimes se enmarca en el respeto a la ley de banderas y a la neutralidad que deben tener todas las administraciones públicas, mediante la no utilización, incluso ocasional, de banderas no oficiales en el exterior de los edificios y espacios públicos.