Portavoces VOX Cortes de CAstilla y León

VOX registra una iniciativa parlamentaria en la que insta a despolitizar el Poder Judicial, asegurar la imparcialidad del Tribunal Constitucional y cubrir las necesidades de la Administración de Justicia en Castilla y León

Es urgente garantizar la independencia del Poder Judicial, de manera que los doce vocales jueces del CGPJ sean designados en el ámbito del propio Poder Judicial

En la Proposición No de Ley registrada en el día de hoy, se manifiesta la necesidad de respetar el principio de imparcialidad de los magistrados del Tribunal Constitucional

Se insta al Gobierno de la Nación a la creación de nuevos Juzgados, tal y como recoge la última Memoria del TSJ de Castilla y León

En esta iniciativa también se señala el intento de destruir el principio de separación de poderes y la amenaza contra los valores democráticos más esenciales a través de la Ley de Amnistía

 

En Valladolid, a 30 de noviembre de 2023 – El grupo parlamentario VOX ha registrado en el día de hoy una Proposición No de Ley para su debate en el próximo Pleno de las Cortes de Castilla y León que tendrá lugar los días 12 y 13 de diciembre. La independencia del Poder Judicial en los nombramientos de vocales del CGPJ, el rechazo a la futura Ley de Amnistía, el respeto al principio de imparcialidad de los magistrados del Tribunal Constitucional y la creación de nuevos Juzgados para Castilla y León serán los cuatro puntos objeto de debate incluidos en la Proposición No de Ley registrada y que, en caso de aprobación, reafirmarán el compromiso de las Cortes de Castilla y León en la defensa del marco constitucional.

El poder político, y especialmente en su manifestación de poder ejecutivo, mediante la disciplina de partido, controla en gran medida la actividad legislativa, que aprueba leyes que determinan que los órganos de gobierno del poder judicial se integren personas afines a los intereses de los partidos políticos, e indirectamente el nombramiento de las cúpulas de los órganos judiciales, para controlar así a actividad de los jueces.

El CGPJ tiene la misión fundamental de preservar la independencia del Poder Judicial, lo que se pone en grave riesgo si los vocales que integran este órgano constitucional no son nombrados de forma independiente.

El actual sistema de elección exclusiva por las Cámaras ha desembocado en que las mayorías parlamentarias se hayan apropiado de uno de los tres poderes del Estado. Se trata de una cuestión que es especialmente grave en España, teniendo en cuenta, por un lado, que la gobernabilidad de la Nación en las últimas décadas ha dependido de grupos parlamentarios separatistas que atentan contra la soberanía nacional y el orden constitucional y, por otro, que ha existido un evidente sesgo ideológico impreso por muchos de los vocales a una función, la de gobierno del Poder Judicial, que debe estar absolutamente al margen de las políticas de partido. En definitiva, todo ello ha llevado a que el CGPJ haya sido rehén de un enfrentamiento partidista.

 Por las razones expuestas, reducir las injerencias políticas en el sistema de nombramientos del órgano de gobierno del Poder Judicial y cumplir con el principio de independencia judicial recogido en la CE y la LOPJ, para este grupo parlamentario la solución  pasaría porque doce de los veinte vocales que integran el CGPJ sean elegidos por y «entre Jueces y Magistrados pertenecientes a todas las categorías judiciales» «por todos los Jueces y Magistrados que se encuentren en servicio activo», tal y como recogía el modelo implantando en su día por la Ley Orgánica 1/1980 de 10 de enero,  mucho más respetuoso con el principio de independencia judicial.

Por otro lado, y una vez conocido el texto de la Proposición de Ley de Amnistía, se han confirmado todos los temores expresados por la sociedad civil estos días atrás a través de manifestaciones y concentraciones de repulsa: se trata simple y llanamente de la utilización fraudulenta e ilegítima del poder legislativo para comprar los votos necesarios para investir presidente del Gobierno a Pedro Sánchez. La gravedad de esta maniobra, que no puede calificarse de otro modo como atentado contra el estado de derecho y el marco constitucional, ha sido puesta de manifiesto por todas las asociaciones judiciales y otros colectivos profesionales relacionados con la Administración de Justicia.

La amnistía que se propone librará de cualquier responsabilidad a determinadas personas que cometieron ciertos delitos en un periodo que abarca, al menos, los últimos diez años (artículos 1 a 8), siempre y cuando dichos delitos se hubieran cometido para favorecer (en sentido amplio) el movimiento separatista catalán. Por lo tanto, se utiliza la ley para conceder a algunos individuos un trato privilegiado con respecto a aquellos ciudadanos que hayan cometido los mismos delitos.

Si desde el Congreso se pueden archivar procedimientos judiciales en trámite o dejar sin efecto el cumplimiento de sentencias firmes, se produce una intromisión en la función constitucional del poder judicial.

En definitiva, se trata de un comportamiento propio de regímenes dictatoriales: el que los partidos, puedan paralizar la instrucción, el enjuiciamiento o incluso dejar sin efecto las condenas por otros delitos que pudieran afectarles; lo que supone la creación de espacios de impunidad, libres de todo control judicial, con el consiguiente peligro de abuso de poder y afectación de derechos de la ciudadanía, un golpe contra los valores en los que se sustenta la democracia occidental.

En cuanto a la imparcialidad del Tribunal Constitucional, hay que señalar que la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, en su artículo veintidós establece que “Los Magistrados del Tribunal Constitucional ejercerán su función de acuerdo con los principios de imparcialidad…”. Por ello resulta imprescindible que aquellos magistrados del Tribunal Constitucional con una dilatada relación de cercanía contrastada con el PSOE o grupos catalanistas, tales como su presidente, Cándido Conde Pumpido, Juan Carlos Campo Moreno o Laura Diez Bueso no intervengan de ninguna manera en el recurso de inconstitucionalidad que con toda probabilidad se tramitará en relación con la Ley de Amnistía.

 Por último, un poder judicial independiente precisa de los apoyos y medios materiales suficientes para garantizar la tutela judicial efectiva. Por ello creemos imprescindible que por parte del Gobierno de la Nación se efectúe una inversión suficiente y prolongada en el ámbito de la planta judicial de Castilla y León conforme las demandas recogidas en la última Memoria del Tribunal Superior de Justicia de Castilla León, publicada en 2022, a fin de conseguir un servicio público que asegure la calidad de la respuesta, rapidez en la resolución y garantías de los derechos fundamentales de los castellanos y leoneses. La excesiva carga judicial en la mayoría de los órganos judiciales, la infradotación de los medios humanos y materiales con los que tiene que desempeñar su función los jueces y magistrados, se traducen en una Justicia lenta.

Por todo ello, el grupo parlamentario VOX en las Cortes de Castilla y León solicitarán a las Cortes de Castilla a:

 

1.- Instar al Gobierno de la Nación para que inicie los trámites, conforme a derecho, para garantizar que se cumplan las previsiones de independencia del Poder Judicial contenidas en la CE y la LOPJ en los nombramientos de vocales del CGPJ, de manera que los doce vocales jueces o juristas del CGPJ sean designados en el ámbito del Poder Judicial. 

2.- Mostrar su más firme rechazo al intento de laminar el principio de separación de poderes a través de una Ley de Amnistía que supone permitir la injerencia de los partidos políticos  a través del poder legislativo en el poder judicial y las decisiones jurisdiccionales de este, tal y como han denunciado todas las asociaciones de jueces y magistrados, así como el propio Consejo General del Poder Judicial, ya que se pretende socavar y desvirtuar la acción de la justicia, quebrando la separación de poderes, la independencia del poder judicial y el control de legalidad.

 3.- Manifestar la necesidad del escrupuloso respeto al principio de imparcialidad de los magistrados del Tribunal Constitucional proclamado en el art. 20 LOTC y las previsiones en materia de abstención y recusación previstas en el art. 219 LOPJ en relación con el art. 80 LOTC en caso de tramitarse un previsible Recurso de Inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional contra la futura Ley de Amnistía.

 4.- Instar al Gobierno de la nación para que satisfaga las necesidades de la Administración de Justicia en nuestra región, conforme se describe en la última Memoria (2022) del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, y ello con especial atención a la creación de nuevos Juzgados.

 

Necesidades descritas por el TSJCyL :

 ÁVILA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN:

Creación de un nuevo Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción.

JUZGADOS DE LO PENAL:

Creación de un nuevo Juzgado de lo Penal

BURGOS

Creación del Juzgado nº4 de lo Social

ARANDA DE DUERO

Creación del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº3

MIRANDA DE DUERO

Creación del Juzgado de 1ª Instancia e instrucción nº3

 LEÓN

Creación del Juzgado de 1ª Instancia nº 12

 

PONFERRADA

Creación de un Juzgado de 1ª Instancia, que sería deseable que pudiera especializarse en derecho de Familia.

PALENCIA

Creación urgente del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 8

SALAMANCA

Creación del Juzgado de 1ª Instancia nº11

Creación del Juzgado de lo Penal nº3

SEGOVIA

Conveniente la creación de un Juzgado especializado en materia de Derecho de Familia

 SORIA

Creación del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº5

Creación del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria con sede en Soria

VALLADOLID

Creación de un nuevo Juzgado de 1ª Instancia

Creación de un nuevo Juzgado de Familia