Gonzalo Centeno: “Pretendemos favorecer el acceso de los jóvenes a la compra de su primera vivienda ante la carestía económica que sufren”

“En Asturias tenemos instrumentos para adoptar medidas complementarias reduciendo el Impuesto de Transmisiones pero las izquierdas se han negado a aplicarlos con su voto desfavorable a nuestra propuesta”

El diputado Gonzalo Centeno defendió esta mañana en el Pleno de la Junta General una Proposición No de Ley (PNL) sobre bonificación autonómica al Impuesto de Actos Jurídicos Documentados y de Transmisiones Patrimoniales y diversas bonificaciones estatales con el objetivo de “favorecer el acceso a la compra de su primera vivienda por parte de nuestros jóvenes ante la carestía económica que la mayoría de ellos sufren” y enunció que, entre las medidas que el Banco de España propone para facilitar a los jóvenes la compra de vivienda está “la concesión de avales que al menos cubran el 20% del importe que hoy en día no se puede financiar con el préstamo hipotecario, así como la reducción de los impuestos que gravan la adquisición de las viviendas”.

Centeno recordó que el Gobierno de la nación “ha tomado nota” y en febrero ha aprobado una línea ICO de concesión de estos avales a personas menores de 35 años y a familias con menores a cargo. “En Asturias tenemos instrumentos para adoptar medidas complementarias reduciendo el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) en lo que afecte al acceso por los jóvenes a su primera vivienda, pero las izquierdas se han negado a aplicarlos con su voto desfavorable a la propuesta de VOX”, lamentó.

En realidad, “no es un impuesto, son tres, unidos por un nexo común como es el tráfico civil entre las personas físicas, distinguiéndolo así del tráfico mercantil, objeto este del gran impuesto indirecto que es el IVA. Tenemos, por tanto:
– Un impuesto que grava las transmisiones onerosas, inter vivos, de toda clase de bienes muebles e inmuebles entre particulares donde el transmitente no está actuando como empresario o profesional, así como la constitución de derechos reales sobre los mismos. Incompatible en todos sus términos con el IVA.
– Otro impuesto que grava la constitución de empresas y operaciones similares (OP), incompatible con el concepto anterior.
– Y otro que grava los actos jurídicos plasmados en documentos notariales, mercantiles y administrativos, mediante una cuota fija y otra porcentual en función del valor del bien que se documenta, llamada cuota variable, incompatible con los dos primeros conceptos, pero compatible con el IVA”.

“¿Y qué podemos hacer nosotros?”, preguntó a la Cámara el diputado de VOX. “Pues lo que nos permita nuestra voluntad política y la Ley 22/2009 de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común, por lo que VOX propone atacar el problema con valentía aplicando lo que ya mencionaba en el programa político con el que concurría a las elecciones generales del 23 de junio pasado que se concreta en:
– Bonificación del 100% de la cuota tributaria de los conceptos ITP y AJD que afecten a todos los supuestos de compra de viviendas contemplados en la línea de avales que ha anunciado el Gobierno de España.
– Establecer una bonificación del ITP en cuota del 100% para compra de vivienda habitual, cuyo precio sea inferior o igual a 300.000 euros, para familias numerosas y personas con discapacidad
– Y como medida complementaria reducir del 1,2% al 0,5% el tipo general del concepto AJD para fomentar la transmisión de bienes inmuebles y favorecer de esta manera la actividad inmobiliaria”.