El diputado de VOX Asturias, Gonzalo Centeno, defendió esta mañana en el Pleno de la Junta General la postura de su partido al respecto del Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Tras relatar lo sucedido con este impuesto en la aprobación de los Presupuestos Generales del Principado el pasado mes de diciembre, en el que por un error en el que una pretendida reducción del 99% de su valor en el caso de la transmisión “mortis causa” de una empresa individual o de participaciones en una entidad con residencia fiscal en Asturias, que alcanzaría hasta el 4º grado, se plasmó únicamente en el 4% en el propio texto articulado, algo que fue enmendado posteriormente para retrasar sus efectos hasta el 2026, manifestó que “ahora llegan los señores del PP con una artimaña política a estirar el chicle, a aprovechar el marrón, a no dejar que caiga el suflé”.
Incidiendo en lo que calificó de “artimaña”, Gonzalo Centeno advirtió que “los señores del PP buscan adelantar a este mismo año la fallida iniciativa de la reducción del 99% en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones para los supuestos anteriormente citados, y de paso ampliarla a la transmisión de explotaciones agrarias y activos afectos sitos en el Principado, modificando directamente el Texto refundido de las disposiciones legales del Principado de Asturias en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 2/2014, de 22 de octubre”.
En este contexto adelantó “nuestro voto a favor”, pues “todo lo que sea reducir impuestos y cargas para el vecino de Asturias, tanto para acercarnos a territorios más competitivos fiscalmente como para alejarnos de este infierno fiscal, nos parece correcto, loable y constructivo; tanto, que las enmiendas que planteamos lo único que pretenden es hacer extensivo a las trasmisiones en vida los supuestos que aquí planteamos en el entorno del Impuesto de Sucesiones y Donaciones”.
En todo caso, afeó la propuesta del PP por “pecar de rigor. Cobrar a los ciudadanos, o incluso librarlos de cobrar, necesita el máximo rigor. Este rigor es incompatible con usar un tipo de tramitación pensada para normativa sencilla, cosa que no es la regulación tributaria por definición”.
VOX también alega que “no deberían apartarse u olvidarse de la habitual remisión a los requisitos del art. 4.8 de la Ley 19/1991 del Impuesto sobre Patrimonio, ni menospreciar la situación habitual de transmisión de negocios y participaciones de empresas en vida, es decir, cuando se jubila el actual titular y pasa a dirigirla el familiar correspondiente”.
Centeno, además, se mostró a favor de “la extensión de la reducción del 99% a los supuestos de transmisión de explotaciones agrarias y de activos afectos a parientes hasta el 4º grado, tal y como está la situación del agro en Asturias, que también propongo extender a las transmisiones inter vivos o por donación por los motivos ya expuestos”, remató.





