El portavoz del Grupo Parlamentario VOX en las Cortes Valencianas, José María Llanos, ha explicado en El Pleno de hoy que “con la iniciativa parlamentaria que hemos presentado, no estamos hablando de echar de España a los nacionales que atentan contra nuestro país, a los que hay que perseguir con nuestras leyes y si es posible, intentar reintegrar. Estamos hablando de quitarles la ciudadanía española, a quienes están atentando contra nuestra casa y nuestra convivencia.”
El portavoz se ha dirigido a la izquierda para criticar que “ahora me saldrán con los derechos humanos, que es su único discurso: la demagogia, la mentira y la excusa. Ustedes en su casa harían exactamente lo mismo que estamos proponiendo desde VOX. Lo que ocurre es que queda bien decir “pobrecitos”, que mantengan la nacionalidad a pesar de atentar contra España.”
Llanos ha recordado que “igual que el otro día hablábamos de la inmigración ilegal masiva y ustedes la querían llevar a la inmigración -más demagogia y mentira-. En este caso estamos hablando en lo mismo: un inmigrante legal que viene a trabajar y a colaborar con los de aquí en sacar adelante nuestra economía, sociedad y defender nuestra cultura, sea bienvenido. Pero uno que viene a destrozar nuestra tierra y a hacer daño, cuanto más lejos, mejor.”
“Es un vínculo jurídico y político, puesto que la nacionalidad otorga al que la tiene una categoría especial como titular, con todos los demás nacionales, de la soberanía popular, que reside en el pueblo; en nuestro caso, el pueblo español. De tal forma, si quien ostenta la nacionalidad no la respeta, o atenta contra la que se la ha otorgado, no puede mantener ese reconocimiento porque estaríamos manteniendo una actitud completamente masoquista.”
El portavoz ha recordado que “estamos hablando, pues, de la nacionalidad derivativa, adquirida; no de origen. Según se prevé en el artículo 25 CC, la nacionalidad derivativa se pierde por: Utilizar durante un plazo de tres años la Nacionalidad a la que hubieran renunciado, al entrar voluntariamente al servicio de las armas o ejerzan un cargo político en un Estado extranjero contra la expresa prohibición del Gobierno y cuando una sentencia declare que el interesado incurrió en falsedad, ocultación o fraude en la adquisición de la Nacionalidad Española.”
“Sin embargo, estas causas no son suficientes; y no lo son porque no podemos mantener la concesión de la nacionalidad a quien vaya contra la nación. La Constitución Española prevé, en el artículo 11, que la nacionalidad española se adquiere, se conserva y se pierde de acuerdo con lo establecido por la ley y que ningún español de origen podrá ser privado de su nacionalidad.”
Por ello, Llanos incide en que “presentamos esta PNL para promover la modificación del Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil, y de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para contemplar en nuestro ordenamiento jurídico la pérdida de la nacionalidad española de aquellos que la hayan obtenido por adquisición derivativa y que hayan sido condenados por delitos de terrorismo, contra el orden público, de traición y contra la paz o la independencia del Estado y relativos a la Defensa Nacional y contra la Comunidad Internacional. Es lógico, es razonable, y es de sentido común.”




