“Si se han leído la moción y el extenso argumentario con que tratamos de justificar su oportunidad -o, mejor dicho, su necesidad- verán que hay muchas dudas y preguntas que requerirían una respuesta. Si presentamos esta moción y solicitamos esta comisión de investigación es porque creemos, como lo creíamos en enero de 2023, que aquí hay indicios claros de irregularidades, de presuntas irregularidades por ceñirnos al lenguaje jurídico, que yo no domino. Y evidentemente, si tenemos sospechas de presuntas irregularidades, estaríamos faltando a nuestro compromiso con los ciudadanos si miráramos para otro lado”. De este modo comenzó el portavoz del Grupo Municipal de Vox, Julio Calvo, la defensa de la moción en la que se pide la creación de una Comisión de Investigación que aclare la tramitación llevada a cabo por el Gobierno de Zaragoza para la firma del Convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Zaragoza y la Asociación Deportiva Estadio Miralbueno El Olivar.
El motivo de que volvamos a insistir sobre el tema, además de la insatisfacción y la perplejidad que nos motivó el que fuera rechazada en su momento, es comprobar que los representantes de Zaragoza en Común han formulado recientemente, estos meses pasados, en la Comisión de Presidencia preguntas que inciden en los mismos temas por los que nosotros solicitábamos la comisión. Y en algunos casos han formulado argumentos idénticos a los que nosotros presentábamos entonces.
Muchas cosas por aclarar
Este Convenio nos genera muchísimas dudas, que son las que nosotros queremos que se nos aclaren:
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Investigar la tramitación llevada a cabo por el Gobierno de Zaragoza para la firma del Convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Zaragoza y la Asociación Deportiva Estadio Miralbueno El Olivar para la cesión de uso del CDM Mudejar y la ejecución posterior del mismo.
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Recabar toda la información que sea posible para determinar si los costes de las inversiones mínimas a realizar por el cesionario, el coste de la cesión de uso público de la piscina cubierta perteneciente al Estadio Miralbueno El Olivar y, finalmente, la aportación anual del Ayuntamiento de 437.272,63 euros durante 10 años en concepto de la parte proporcional de amortización de las inversiones y demás actuaciones de puesta en funcionamiento están bien calculados y plenamente justificados con datos objetivos.
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Comprobar si las inversiones realizadas se ajustan al coste establecido en el Convenio y si han sido objeto de control por parte de la Comisión de Seguimiento.
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Determinar si la cesión de derechos de crédito realizada a favor de Veolia Servicios Norte, S.A.U. y el posterior contrato de Factoring con el Banco Bilbao Vizcaya Argentaría S.A, se ajusta a lo establecido en el Convenio o, por el contrario, vulnera la cláusula séptima que prohibe a la entidad cesionaria la cesión a terceros de su posición jurídica dimanante del presente Convenio.
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Determinar si el procedimiento de contratación de las obras y su posterior endoso al Ayuntamiento de Zaragoza no supone una adjudicación de obra pública encubierta que hubiera debido ser licitada conforme a legislación básica en materia de contratación del Sector Público.
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Comprobar si las cesiones de uso de las instalaciones otorgadas por el Ayuntamiento con posterioridad a la firma del Convenio lo han sido con publicidad, concurrencia y equidad en sus condiciones con respecto a otras concedidas anteriormente.





