Una sentencia judicial da la razón a VOX Gijón y anula la aplicación del Plan de Normalización Lingüística 

Sara Á. Rouco: “El Plan de Normalización queda sin efecto por sus vicios, es manifiestamente antijurídico y contrario a la legalidad; la sentencia es clara”

La concejal y portavoz de VOX Gijón compareció esta mañana en rueda de prensa ante los medios informativos acreditados en el Ayuntamiento para hacer pública la sentencia del recurso Contencioso-Administrativo que presentó el partido el 1 de octubre en el que se solicitaba la nulidad del Plan de Normalización Lingüística 2024-2027 del Ayuntamiento de Gijón, al entender que concurrían en él vicios suficientes como para declarar su nulidad. Siete meses después el Juzgado de lo Contencioso-administrativo falló favorablemente a la demanda de VOX en el sentido de que “el Plan de Normalización Lingüística 24-27, según lo dictado en esta sentencia, incurre en causa de nulidad, por lo que no es de aplicación”.

Sara Á. Rouco explicó que “el fallo aprecia lo solicitado en nuestra demanda al contemplar en el plan vicios tales como la falta de informe económico, la omisión del procedimiento legalmente establecido por falta de consulta pública previa, la falta de publicación del texto en el portal web y la ausencia de publicación de las memorias e informes que conforman los expedientes de elaboración de los textos normativos, así como la falta de intervención de la Junta de Gobierno local y el paso directo del proyecto informado por el consejo asesor a la aprobación y su no inclusión en el plan normativo anual”.

Todo esto lleva aparejado que “el Plan de Normalización queda sin efecto por sus vicios, es manifiestamente antijurídico y contrario a la legalidad, la sentencia es clara”, señaló la edil de VOX Gijón, quien destacó que en la aprobación del Plan de Normalización Lingüística en el Pleno de 1 de agosto de 2024, “el único voto en contra fue el nuestro”. “El modo de proceder de los estamentos que intervinieron en este Plan evidenció la incapacidad de todos ellos para detectar las carencias procedimentales que afectan a la integridad del Plan. Este modo de proceder deja al descubierto la fragilidad de los criterios de aceptación en torno a todo lo que rodea el plan de normalización lingüística y la suficiencia con la que actúan sus promotores, que se permiten el lujo de prescindir de requisitos indispensables. Se ha dejado de lado total y absolutamente el procedimiento legalmente establecido sin que quepa acogerse a un simple defecto de forma”, dijo.

Álvarez Rouco puso el énfasis en “los varios vicios encontrados, por ejemplo el relativo a la ausencia de un informe económico de manera que se omite mencionar el gasto que genera la inclusión en medidas específicas tales como el cambio de logotipos en señalizaciones, paneles, carteles, rotulaciones, adaptaciones de plantillas y formatos informáticos, campañas informativas por medio de folletos….y muchas más que se detallan en la sentencia, lo que constituye una ocultación premeditada”, con lo que “se ha engañado a los ciudadanos de Gijón dando tintes de legalidad a un plan plagado de vicios y, por tanto, sin ningún recorrido”.

Para la concejal “todo esto es algo que sin duda ocurre por el interés sectario y desmedido de quienes promueven la oficialidad de la llingüa camuflándose detrás de lo que ellos llaman un plan no normativo que se reduce a una mera declaración de intenciones para el fomento y protección del asturiano. Y todo ello amparados por el equipo de gobierno integrado por Foro y el Partido Popular. Una enunciación falsa en su totalidad, tal y como ha quedado recogido en la sentencia”.

Además, destacó que “a la vista de esta sentencia los ciudadanos deberían replantearse de nuevo la dudosa credibilidad de algunos procedimientos que se siguen en el Ayuntamiento y la capacitación de los responsables políticos que los promueven. En VOX Gijón continuaremos velando por garantizar la verdad, la legalidad y la transparencia en los procesos y normativas que se dicten desde este Ayuntamiento”.

En definitiva, “la sentencia considera que el Ayuntamiento de Gijón ha intentado imponer un Reglamento saltándose todos los controles: Falta la memoria económica, falta una consulta pública a los ciudadanos sobre su contenido, falta la publicación del mismo en la web y en medios, falta la publicación de informes necesarios para realizarlo, y falta su publicación en el Plan Normativo Anual. Han intentado imponer un plan arbitrariamente, caprichosamente, con total omisión de las más elementales reglas de procedimiento establecidas con todo lo que ello implica de empleo de ingentes recursos económicos de todos los gijoneses, sin previsión ni límite para, en la práctica, imponer la cooficialidad en Gijón”, aseguró.

Finalmente, Sara Á. Rouco resaltó que “lo que implica esta sentencia es la declaración de nulidad del plan, la imposibilidad de llevarlo a la práctica, la privación al Ayuntamiento de Gijón de llevar a cabo sus planes, la imposibilidad de implantación de las 91 medidas para hacer cooficial el asturiano en todo el municipio, desde la valoración del asturiano en el empleo público, la promoción a gran escala del mismo, que todo lo público pasa a estar también en asturiano o sólo en asturiano, la difusión o implantación en escuelas, ámbitos culturales, artísticos, de comunicación, empresariales, etc. en los que el Ayuntamiento juegue algún papel”.