VOX Asturias presenta una queja formal contra el Presidente de la Junta General por “graves incumplimientos de sus funciones”

“En el último pleno, Marcos Líndez no garantizó el derecho a la igualdad de los diputados, ni cumplió con su obligación de garantizar la buena marcha de los trabajos de la Cámara”
Los diputados del Grupo Parlamentario VOX, Ignacio Blanco y Sara Álvarez Rouco, han presentado una queja formal contra el Presidente de la Junta General del Principado, Marcelino Marcos Líndez, por graves incumplimientos de sus funciones, recogidas en el artículo 38 del Reglamento de la Cámara asturiana, al no garantizar el derecho a la igualdad de los diputados del Grupo Parlamentario VOX en el ejercicio de sus funciones parlamentarias protegido por el artículo 23.2 de la Constitución Española, en la sesión plenaria del pasado 15 de julio.
La queja viene motivada después de que el portavoz, durante la intervención del diputado de Podemos, Rafael Palacios, en fala, preguntara a Marcos Líndez si “se ha instrumentado por parte de la Mesa algún sistema para que algunos, que no entendemos todo lo que dice el señor Palacios, podamos entenderlo”. “No solo respondió, -explica el portavoz-, que hasta ahora la intervención era perfectamente comprensible, y si había alguna palabra que no entendiera al final de la intervención lo indicara y el diputado Palacios traduciría esas palabras, sino que además, y después de que no pudiera apuntar aquellas palabras que no comprendía por haber sido fijada íntegramente la posición en fala, la Presidencia no propuso alternativa para hacer comprensible dicha intervención que defendía la Proposición no de Ley”.
El documento consta de 8 folios donde detalla los motivos por los que el Presidente de la Junta General del Principado “vulnera intencionadamente su obligación de dirigir los debates con imparcialidad, respetando el Reglamento, amparando los derechos de todos los diputados, y no dando respuesta alguna a la problemática derivada del artículo 11,  dado que restringe con su actuación el derecho constitucional de los parlamentarios Ignacio Blanco y Sara Álvarez Rouco a participar en asuntos públicos en condiciones de igualdad de todos los diputados, así como de los más de 88.000 asturianos que nos han respaldado en las urnas en las últimas elecciones”, explican los diputados.
A juicio de Ignacio Blanco y Sara Álvarez Rouco, el Presidente se atribuyó “la facultad de discernir previamente si la intervención era comprensible por terceros, cargándose de subjetividad y excusando su obligación de garantizar la buena marcha de los trabajos de la Cámara y la dirección imparcial del debate, vetando, con ello, el derecho amparado constitucionalmente de dos diputados del Parlamento asturiano”.
De hecho, señalan, no es la primera vez que ocurre en la Junta General. En el pleno de la Cámara en la sesión de fecha 27 de noviembre de 2019 y con ocasión del debate de la Proposición no de Ley del PP sobre la denominación oficial de la desembocadura del río Eo, la intervención de Nuria Rodríguez, diputada de Podemos, se llevó a cabo en fala o gallego asturiano. Pleno en el que la diputada Sara Álvarez Rouco informó al Presidente que no comprendía la intervención, interpelándole para que ejerciese sus funciones.
Tal y como indican en el documento presentado ante la Cámara, “si bien  el uso del bable viene amparado por el artículo 11 del Reglamento de la Junta General, trasladada hasta la saciedad la no comprensión por parte de dos diputados del asturiano y el gallego asturiano, se produce de forma reiterada una lesión al artículo 23.2 CE en cuanto al derecho a participar en asuntos públicos en condiciones de igualdad de todos los diputados, lo que adquiere especial relevancia en relación al gallego asturiano si se recuerda que la Ley 1/1998 de 23 de marzo, de uso y promoción del bable/asturiano dispone en su artículo 2 respecto al Gallego/asturiano que ‘El régimen de protección, respeto, tutela y desarrollo establecido en esta Ley para el bable/asturiano se extenderá, mediante regulación especial al gallego/asturiano en las zonas en las que tiene carácter de modalidad lingüística propia’. Todos podremos compartir que Oviedo no es una zona en la que se utilice de forma habitual el gallego asturiano”.
Asimismo, Blanco y Álvarez Rouco señalan en la queja presentada contra el Presidente de la Cámara que “los diputados tienen derecho a comprender las intervenciones de los ponentes, nunca desde los órganos superiores del Parlamento se ha articulado medida alguna en defensa de dicho derecho. Y, sin duda, no cabe ampararse en el artículo 4 del Estatuto de Autonomía cuando dispone que se promoverá el uso del bable, puesto que dicho artículo ampara la  voluntariedad en su aprendizaje y, siendo patente que existen dificultades de comprensión de esta lengua no oficial, no existe amparo legal alguno para atentar contra el derecho fundamental de los referidos diputados. Decimos más, incluso si existiese oficialidad del bable, tampoco existiría obligatoriedad para su aprendizaje y, por tanto, no sería lícito impedir el derecho de participación política por su no comprensión”.
Por último, en cuanto a la reciente modificación del Reglamento, Ignacio Blanco y Sara Álvarez Rouco señalan que “favorece el interés de aquellas personas que opten por el uso del bable en el parlamento, pero deja fuera el interés, que es también derecho, de aquellas personas que legítimamente no elijan esa opción, en gran medida por no conocer ni entender el bable”.