Miembros del partido político VOX tras el TSJM.

VOX continúa su batalla judicial para defender los derechos fundamentales de los madrileños del ataque de Sánchez

La formación ha presentado hasta tres recursos ante el TSJM y la Audiencia Nacional solicitando “medidas cautelarísimas” que anulen las medidas que causan un “perjuicio irreparable” a 5 millones de personas

Madrid, 6 de octubre 2020. – Las restricciones impuestas por el Gobierno totalitario de Sánchez no solo vulneran derechos fundamentales de los madrileños, sino que tendrán un impacto económico destructivo sin resultar efectivas en términos sanitarios. Por ello, VOX continúa dando la batalla judicial en defensa de los ciudadanos y ha presentado hasta tres recursos para que la Orden del Ministerio de Sanidad -recogida, a su vez, en otra Orden de la Comunidad de Madrid- sea declarada nula.

Tras el recurso presentado ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) solicitando “medidas cautelarísimas” que anulen la vía de hecho de la Comunidad de Madrid, VOX presentó otra petición de “medidas cautelarísimas” ante la Audiencia Nacional solicitando que “quede suspendida la eficacia de la Orden comunicada del Ministerio de Sanidad, de 30 de septiembre de 2020”, así como otra similar ante el TSJM para que anule la correspondiente Orden de la Consejería de Sanidad que recoge la del Ministerio.

Se trata de una Orden “objeto de crítica científica por su incoherencia e inefectividad”, que carece de fundamento ya que ni ha sido adoptada por consenso ni se basa “en estudio científico alguno”. No obstante, sí supone una “irreversible violación de derechos fundamentales, así como perjuicios graves e irreparables en su situación económica, laboral social y, por ende, en su vida”, reza el escrito.

Además, “los sujetos afectados constituyen el interés general” en tanto que ven afectadas 5 millones de personas a las que se les puede causar un “perjuicio irreparable”. Por ello, VOX considera que concurren “circunstancias de especial urgencia” que justifican la toma de “medidas cautelarísimas” que suspendan la citada Orden del Ministerio.