VOX en contra de la discriminación en el Ayuntamiento de Huesca respecto del pago de las dietas a los trabajadores

En el pasado pleno del mes de marzo, VOX realizó una pregunta a la alcaldesa tras detectar un trato diferente en el pago de las dietas de los trabajadores respecto de los cargos de libre designación del Ayuntamiento de Huesca.

En uno de los decretos firmado en marzo de este año, se aprueba la factura correspondiente a un pago adelantado aprobado por el Decreto de Alcaldía 604/2024 de fecha 21 de febrero de 2024, por importe de 348 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 16 92002 23000 de Dietas cargos lectivos por manutención y alojamiento del vigente Presupuesto General municipal. Dicha factura corresponde con  gastos de alojamiento con motivo del viaje a Sevilla de la alcaldesa y un trabajador de libre designación.

Justo en otro decreto firmado días después en el mismo mes de marzo de este año, se autorizada el pago de las Indemnizaciones por razón de servicio (dietas) para un funcionario municipal en un desplazamiento a Madrid para asistir a la feria internacional de la seguridad en “SICUR”. El pago se realiza según el importe máximo recogido por el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre Indemnizaciones por razón de servicio, donde la dieta máxima completa en territorio nacional son 155,90 €.

Esta discrepancia en el criterio para el pago de las “dietas” a unos u otros trabajadores, puede verse que el doble de 155,90 € no corresponde con 348 €, es lo que motivó la pregunta del concejal José Luis Rubió en el pasado pleno municipal con una más que sorprendente respuesta por parte de la alcaldesa, acogiéndose de forma dudosa a un artículo del citado Real Decreto 462/2002 que lo único que hace es crear una discriminación entre trabajadores municipales.

En la respuesta de la alcaldesa se insiste en que “no existe diferente criterio a la hora de abonar gastos de viaje para los trabajadores del Ayuntamiento respecto de los de libre designación, si bien, tanto para unos como para otros, en aquellos casos en los que el gasto a incurrir, por las características de la comisión (ciudad de destino, eventos que hacen subir el precio de la estancia…) el coste va a superar el importe de las dietas, de acuerdo con el artículo 8 del RD 462/2002, se permite superar el límite de las dietas, con la pertinente designación como representante del Ayuntamiento, como es el caso de las trabajadoras del área de turismo cuando acuden a FITUR todos los años y donde los límites establecidos para dietas del RD 462/2002 resultan manifiestamente insuficientes para cubrir su estancia en Madrid en esas fechas.”

Es curioso que quede a criterio de la alcaldesa en que ferias, y más concretamente en que ferias en Madrid, ya de por si una ciudad muy cara, se puede usar uno u otro criterio, puesto que para FITUR parece que no suficiente el importe, pero para SICUR, siendo ambas ferias en la misma ciudad, parece que sí que lo es.

Desde VOX vamos a proponer que con el consenso de los sindicatos, se establezcan los mecanismos necesarios para garantizar que todos los trabajadores municipales no solo reciban un trato igualitario respecto al pago de las “dietas”, sino que además los importes de las mismas sean suficientes para garantizar un alojamiento y manutención dignos en cualquier lugar a los que deban desplazarse, y que los importes a pagar no dependan de un criterio que puede crear agravios comparativos.