VOX en Teruel propone medidas para evitar los excrementos de animales de compañía por la ciudad

Plantea la modificación de una ordenanza de convivencia ciudadana para obligar a la recogida de las deposiciones de las mascotas en la vía pública.

El grupo municipal VOX en Teruel propone medidas para evitar los excrementos de animales de compañía en la localidad. Y plantea la modificación de una ordenanza de convivencia ciudadana para obligar a la recogida de las deposiciones de las mascotas en la vía pública.

En concreto, VOX en Teruel  solicita la modificación del artículo 46 de la ordenanza de convivencia ciudadana. Por su redacción inconcreta e inexpresa en relación a la obligación que pretende fijar.

Cambio en la ordenanza

La propuesta de VOX consiste en que el artículo 46, en su punto 3 de la Ordenanza sea el siguiente:

”Se evitará, por los propietarios o conductores de los animales, que éstos efectúen sus deyecciones en cualquier lugar destinado al tránsito de peatones o en otros espacios de uso público, incluidos los alcorques, sin perjuicio de la utilización de las zonas creadas con tal finalidad. Independientemente de lo anterior, los conductores de los animales deberán proceder a la recogida de las deposiciones de la vía pública. Para ello, deberán proveerse de medios propios que le permitan llevar a cabo tal acción.

En el caso de tratarse de bolsas o similares deberán ser depositadas, convenientemente cerradas, tanto en las zonas habilitadas por el Ayuntamiento como, en su caso, en los contenedores de basura.

En caso de que en las inmediaciones no existiera habilitada por el Ayuntamiento zona para depositar las deyecciones, el conductor de los animales deberá proceder a depositarlas en un contenedor de basura. De proceder al depósito de las deyecciones en una papelera pública y no en un contenedor, procederá la tramitación de procedimiento sancionador”.

Obligación de recogida de excrementos

Tal y como señala el portavoz del grupo municipal de VOX en Teruel, Alejandro Nolasco, “en la redacción anterior de este punto se olvidaba imponer la obligación que en esencia debería: la recogida de los excrementos de los animales en la vía pública”.

“No se imponía la obligación de recoger los excrementos, si no que se obligaba a que, en caso de que se recojan con una bolsa, éstas estén convenientemente cerradas y sean depositadas en las zonas habilitadas por el Ayuntamiento. El conductor bien puede optar, en este caso, por no recogerlas, ya que no estaría incurriendo en una actuación sancionable”, subraya Nolasco.

Con la modificación de esta ordenanza queda clara la obligación del conductor de recoger los excrementos de las mascotas.

Finalmente, recuerda Alejandro Nolasco, “resulta conveniente hacer hincapié en la redacción que han de tener los preceptos que sancionen determinadas conductas. Deben recogerse las conductas que se pretendan sancionar de una manera clara, y de forma expresa”.