VOX recurre el sobreseimiento provisional de la denuncia contra la editora de ‘El Foro’ y amplia denuncia a otros digitales

Redondo lamenta que no se haya investigado siquiera la denuncia y confía en que la Audiencia Provincial sí lo haga

VOX Ceuta recibía este pasado viernes la notificación del auto de sobreseimiento sobre la denuncia que en julio presentara contra Paloma Fernández Coleto, editora del digital ‘El Foro de Ceuta’, y los exmiembros del partido, Juan Manuel Aguiar Moreno y David Fernández Yuste, como presuntos filtradores de audios y mensajes de grupos privados de whatsapp. Tras ser notificado de la decisión del juez, VOX ha presentado este viernes recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta contra el archivo provisional de la causa que determinara el Juzgado de Instrucción número 5 de la ciudad.

El presidente de VOX Ceuta, Juan Sergio Redondo, como principal denunciante, ha puesto este asunto en manos de un bufete de abogados externo, al objeto de preparar minuciosamente este recurso ante la Audiencia Provincial, de la que espera dé trámite a este asunto y, en este caso, sí proceda a realizar las correspondientes investigaciones. Unas pesquisas que, lamenta Redondo, en primera instancia “ni se han molestado en realizar” y por ello para él se trata de “algo realmente preocupante dada la cantidad de apreciaciones subjetivas realizadas contra el propio denunciante en el auto”.

Además VOX anuncia que se han tramitado varias denuncias contra algunos digitales locales y nacionales por la publicación de diferentes audios a lo largo de esta última semana. Hecho que afianza y refuerza las pruebas que justifican que Juan Sergio Redondo está siendo objeto de un acoso deliberado por parte de algunos medios de la ciudad. Medios que han llegado incluso a ofrecer “reconducir” la situación con el partido.

 

Estas denuncias se plantean ante la Agencia Española de Protección de Datos por una posible vulneración de la normativa europea y nacional relativa a la protección de datos de carácter personal, que en el caso de ser atendidas llevarían aparejadas multas administrativas de hasta 20 millones de euros en función de lo estipulado en el artículo 83.5 del RGPD. Y, según algunos expertos a raíz del caso de la estudiante de Enfermería que difundió audios de sus compañeras de piso, la normativa protege cualquier información relativa a personas físicas, como puede ser la voz, que sea difundida sin consentimiento y permita identificar a las personas.