Vox denuncia que el Subdelegado del Gobierno en Sevilla pretende impedir a los sevillanos una vez más su legítimo derecho a la concentración amparado en la Constitución

OX anuncia que mantiene la convocatoria y anima ahora más que nunca a los votantes y simpatizantes de esta formación política a acudir este domingo a la concentración, de forma pacífica, en defensa de sus libertades, de sus derechos constitucionales y en defensa de sus fronteras. Resulta inexplicable que este Gobierno permita la entrada de millares de inmigrantes de forma ilegal en territorio nacional y en cambio quiera impedir a los sevillanos el ejercicio de sus libertades amparadas en la Carta Magna.

Carlos Toscano, subdelegado del Gobierno en Sevilla, ha enviado un escrito a VOX advirtiendo «de considerar la reunión en lugar de tránsito público o de manifestaciones como infracción”, en alusión a la convocatoria a la que asistirá mañana domingo Santiago Abascal a a las puertas del Palacio de San Telmo. 

El artículo 21 de la Constitución española “reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas”, justificando que “la comunicación podrá hacerse con un mínimo de 24 horas”, algo que hizo VOX este viernes a las 10:29 horas. El Código Penal establece penas de prisión e inhabilitaciones para aquellos cargos públicos que pretendan impedir este derecho constitucional.

Una vez más el Subdelegado del Gobierno, Carlos Toscano, ha pretendido extralimitarse en sus funciones e impedir de forma premeditada

que VOX, sus simpatizantes, afiliados y sevillanos en general, puedan llevar a cabo este domingo 23 de mayo su ejercicio democrático de “reunión pacífica y sin armas”. Hoy a las 20:00 horas este partido político ha convocado una concentración en los exteriores del Palacio de San Telmo. Bajo el lema: “En defensa de nuestras fronteras”, a la que asistirá el presidente, Santiago Abascal; la portavoz nacional del partido, Patricia Rueda, y el presidente de VOX en Sevilla, Javier Cortés.

Cumpliendo la ley, VOX envió este pasado viernes a las 10:29 horas una notificación para poner en conocimiento de las autoridades la intención de este partido político de llevar a cabo “el ejercicio del derecho fundamental de reunión pacífica”. «Amparado en el procedimiento extraordinario de comunicación urgente con plazo mínimo de 24 horas de antelación”. 

Acto seguido, y el mismo día 21 de mayo, se recibe resolución suscrita por el Subdelegado del Gobierno, Carlos Toscano. En ella se nos informa de que “no puede darse el trámite legalmente establecido a la comunicación recibida”. Seguido de la advertencia gubernativa de “considerar la reunión en lugar de tránsito público o de manifestaciones como infracción”. El señor Toscano vuelve a querer impedir el derecho a la concentración de los sevillanos. Como ya hiciera el pasado 17 de marzo en la Plaza Nueva de Sevilla. Por ello VOX quiere comunicar lo siguiente.

  1. Que como es público y notorio, el Subdelegado del Gobierno, Sr. Toscano Sánchez, fue denunciado penalmente por esta formación política, por la presunta comisión de infracciones contra los derechos fundamentales el día 17 de marzo. Ese día trató de impedir la circulación de personas en la Plaza Nueva de Sevilla, con ocasión de la convocatoria de rueda de prensa del Presidente de VOX y Diputado del Congreso D. Santiago Abascal. Circunstancia esta que estimamos justificaría su abstención de conformidad con el artículo 23.2.º) de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público. Al existir cuestión litigiosa pendiente con el interesado que realiza la comunicación. 
  2. El artículo 21 de la Constitución Española “reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas. El ejercicio de este derecho no necesitará autorización previa. En los casos de reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones se dará comunicación previa a la autoridad, que sólo podrá prohibirlas cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes”. Especificando la legislación española que “la comunicación podrá hacerse con una antelación mínima de veinticuatro horas”. 
  3. Para la protección del ejercicio del derecho fundamental de reunión el art. 514.4 del Código Penal establece para “los que impidieren el legítimo ejercicio de las libertades de reunión o manifestación, o perturbaren gravemente el desarrollo de una reunión o manifestación lícita”,  una posible “pena de prisión de dos a tres años si los hechos se realizaran con violencia, y con la pena de prisión de tres a seis meses o multa de seis a 12 meses si se cometieren mediante vías de hecho o cualquier otro procedimiento ilegítimo”. Especificando el artículo 540 del mismo Código que “la autoridad o funcionario público que prohíba una reunión pacífica o la disuelva fuera de los casos expresamente permitidos por las Leyes, será castigado con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público de cuatro a ocho años y multa de seis a nueve meses.” 

Queda por tanto acreditado que esta formación política no ha solicitado autorización  a la Subdelegación del Gobierno, sino que ha formulado comunicación previa en el plazo superior a las veinticuatro horas mínimas de preaviso. La Sentencia 196/2002, de 28 de octubre, del Tribunal Constitucional (BOE 278 de 20 noviembre de 2002) deja claro que “el deber de comunicación previa establecido en el art. 21.2 CE y desarrollado por los arts. 8 y ss. LODR no debe confundirse con una solicitud de autorización”. El señor Toscano obvia además en su escrito infundado de denegación la “apreciación de causas objetivas de posible alteración del orden público, con peligro para las persona o bienes”.

Para esta formación política quedan sobradamente justificadas las “circunstancias excepcionales”. La invasión sin precedentes de millares de inmigrantes que accedieron de forma ilegal a nuestro país a través de Ceuta, generando una fuerte preocupación en la sociedad civil. Se hace necesario que Santiago Abascal manifieste la postura y posicionamiento político de la formación relativo a dicha invasión ilegal. 

Por último, el emplazamiento ya sabido delante de la sede del Gobierno de la Junta de Andalucía viene motivado por las declaraciones públicas formuladas por la Consejera Rocío Ruiz hace escasas 48 horas. En ellas informó de su intención de acoger menas en esta comunidad autónoma.  Por todos estos motivos se hace urgente y perentorio (ahora y no dentro de 10 días) la comparecencia del presidente de VOX, Santiago Abascal.

Resulta inaceptable que este Gobierno permita entrar en nuestro territorio a 10.000 ilegales hace unos días. Y ahora pretenda impedir una concentración convocada de forma completamente legal. La Constitución y la legislación españolas no sólo protegen la convocatoria de VOX, sino que la amparan. Es por ello que este partido político llevará a cabo su legítimo derecho en Sevilla, animando a los sevillanos ahora más que nunca a acudir a la cita en defensa de sus derechos, de la Constitución y de nuestras fronteras.